Plataforma tributaria
La Plataforma tributaria es el canal de atención tributaria especializada a distancia, principalmente a través del teléfono, para las personas físicas. Facilita la asistencia a los contribuyentes en sus trámites a través de internet y en lo posible la atención tributaria cuando no pueden acudir físicamente a nuestras oficinas por cualquier razón.
Con su implantación se ha conseguido un aumento en la cartera de servicios de la Agencia Tributaria Madrid, así como una mejora en los canales de entrada de las consultas o peticiones de información tributarias.
En el caso de las personas jurídicas, dado que están obligadas por ley a relacionarse electrónicamente con la Administración, pueden realizar las peticiones de información relacionadas directa o indirectamente con los tributos y precios públicos municipales, a través del sistema de Sugerencias y Reclamaciones en materia tributaria.
Funcionamiento
- Las consultas a la Plataforma tributaria se canalizan y realizan a través del teléfono 010 – Línea Madrid (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid), que recibe la consulta de la ciudadanía y la traslada a la Plataforma.
- Una vez recibida la consulta, la Plataforma tributaria se pone en contacto con el contribuyente vía telefónica o electrónicamente, para asistirle en su gestión, pudiendo:
- Ayudarle y asistirle en la tramitación que puede realizar desde el Portal del Contribuyente y con las aplicaciones web tributarias municipales. Actualmente la vía de asistencia es telefónica y ocasionalmente con apoyo del correo electrónico, pero se pretende utilizar en el futuro sistemas de videollamada que faciliten la asistencia.
- Realizar la gestión que solicite el contribuyente desde la Plataforma tributaria de forma completa en aquellos casos donde sea posible y no requiera la firma de documentación.
- En el caso particular de la plusvalía municipal, ofrecer la elaboración de un borrador de la autoliquidación para las personas físicas que actúan en nombre propio y sin representante. El formulario se encuentra en madrid.es/go/asistenciaplusvalia.
Cita previa y horario de atención al público
En la atención de la Plataforma Tributaria se está implantando de forma progresiva la cita previa, de forma que en el traslado de las consultas desde el teléfono 010 – Línea Madrid, para alguna de dichas consultas, podrá elegir la franja horaria para recibir la llamada de la Plataforma Tributaria estableciendo de esa forma una cita para la atención.
El horario de atención y de realización de las llamadas y contactos desde la Plataforma es el siguiente:
- De 8:30 a 17 horas de lunes a jueves laborables.
- De 8:30 a 14 horas los viernes laborables y meses de julio y agosto.
- Días 24 y 31 de diciembre, cerrado.
- Información general del tributo.
- Información del censo del impuesto en el período de exposición al público.
- Consulte las preguntas frecuentes del tributo en madrid.es/go/faq-iae.
Servicios que no se prestan
- La gestión censal, ya que corresponde a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).
- La emisión y envío de diligencias de exención.
- No se tramitan solicitudes de bonificaciones/beneficios fiscales.
- No se tramitan las solicitudes de devolución de ingresos indebidos.
- Información general del tributo.
- Información del censo del impuesto en el período de exposición al público.
- Información relativa a los cambios de titularidad catastral que se pueden realizar telemáticamente a través de la sede del Catastro (sedecatastro.gob.es). Los ciudadanos pueden acceder al registro de expedientes (declaraciones 900, solicitudes, recursos, formulario genérico) mediante autenticación electrónica, certificado digital, Cl@ve o DNI.
- Información general y de la situación de concesión de bonificaciones.
- Consulte las preguntas frecuentes del tributo en madrid.es/go/faq-ibi.
Servicios que no se prestan
- No se tramitan solicitudes de bonificaciones/beneficios fiscales.
- No se tramitan las solicitudes de devolución de ingresos indebidos.
- Información general del tributo.
- Información del censo del impuesto en el período de exposición al público.
- Comprobación y confirmación de bajas definitivas por perdida, deterioro o destrucción del vehículo respecto al tributo, según los datos que figuren en la Dirección General de Tráfico.
- Consulte las preguntas frecuentes del tributo en madrid.es/go/faq-ivtm.
Servicios que no se prestan
- No se tramitan solicitudes de bonificaciones/beneficios fiscales.
- No se tramitan las solicitudes de devolución de ingresos indebidos.
Plusvalía – Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana
- Información general del tributo.
- Asistencia en la elaboración y presentación vía web de autoliquidaciones.
- Asistencia en la elaboración y presentación vía web de declaraciones del impuesto sin cuota a ingresar.
- Consulte las preguntas frecuentes del tributo en madrid.es/go/faq-plusvalia y la documentación a aportar en cada caso en Documentación de plusvalía.
Servicios que no se prestan
- No se tramitan las solicitudes de devolución de ingresos indebidos.
- No se tramitan solicitudes de bonificaciones/beneficios fiscales.
- La obligación de presentar autoliquidación del impuesto recae en el sujeto pasivo, por lo que, con independencia de la asistencia prestada, si no es posible asumir su tramitación en plazo, las autoliquidaciones podrán tener recargo.
- Información general de las tasas.
- Información del censo de las tasas en el período de exposición al público.
- Consulte las preguntas frecuentes en:
- Tasa de Terrazas: madrid.es/go/faq-terrazas.
- Tasa por la Prestación de Servicios Urbanísticos (TPSU): madrid.es/go/faq-tpsu.
- Tasa de Residuos Urbanos de Acticivades (TRUA): madrid.es/go/faq-trua.
- Tasa de Paso de Vehículos (TPV): madrid.es/go/faq-tpv.
- Información del trámite de solicitud y del estado de tramitación de los ya solicitados.
- Duplicados de calendarios de pago.
- Consulte las preguntas frecuentes en madrid.es/go/faq-aplazamiento.
- Domiciliaciones: información general y personalizada de los sistemas especiales de domiciliación PAC y SEP, así como de la domiciliación en pago único y pago fraccionado de la TPV.
- Duplicados de recibos.
- Estas gestiones pueden tramitarse digitalmente a través de madrid.es/domiciliaciones y madrid.es/duplicados. En el caso de la domiciliación, se puede realizar telefónicamente a través del teléfono 010 – Línea Madrid (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid).
Servicios que no se prestan
- No se tramitan las domiciliaciones de los pagos en ninguna de sus modalidades (PAC, SEP, etcétera), ni los cambios de cuenta corriente asociados posteriores. Únicamente se informa de las mismas.
- Para deudas de IBI o TRUA si se produce la transmisión de un inmueble este año y quiere domiciliar su deuda para el ejercicio siguiente mediante cualquier sistema de domiciliación, deberá esperar al próximo año para solicitarlo.
- Información general y personalizada sobre deudas en ejecutiva, el procedimiento ejecutivo, providencias de apremio y diligencia de embargo.
- Emisión de cartas y documentos de pago en ejecutiva.
- Información de embargos y deuda embargada.
- Duplicados de calendario de pagos concedidos.
- El pago de deudas con recargo o fuera de período voluntario se puede realizar en línea en madrid.es/abonare.
- Consulte las preguntas frecuentes en madrid.es/go/faq-ejecutiva.
Servicios que no se prestan
- No se notifican las resoluciones de aplazamientos/fraccionamientos en ejecutiva.
- No se notifican las providencias de apremio.
- No se levantan embargos.
- No se tramitan expedientes en Ejecutiva, de forma que cualquier solicitud relativa a la tramitación de los expedientes se tienen que presentar por registro.