Alternativas a la atención presencial en materia tributaria
A través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, se ofrecen múltiples gestiones tributarias de tramitación en línea sin necesidad de acudir a una OAIC.
Puede presentar las solicitudes en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid desde madrid.es/pagos .
Los cambios de titularidad jurídica se presentarán en sedecatastro.gob.es o a través del registro presencial con cita previa.
Los certificados catastrales y las notificaciones por comparecencia se obtendrán en sedecatastro.gob.es.
Puede realizarlo en madrid.es/cambiodatostributos.
Puede domiciliar sus tributos a través del teléfono 010 – Línea Madrid (915 298 210 dentro y fuera del municipio de Madrid) o en madrid.es/domiciliaciones.
- IVTM: puede obtenerlos a través de Mi Carpeta > Tributos o en la página web de Justificantes de pago.
- Resto de justificantes: puede solicitarlos mediante instancia general normalizada en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
- Se puede realizar el pago de deudas con tarjeta de crédito desde madrid.es/pagos.
- La emisión del documento de pago de deudas con apremio se puede solicitar en madrid.es/duplicadoejecutiva.
- El pago mediante transferencia/cheque es excepcional sólo para los casos en los que el contribuyente no tiene cuenta abierta con las entidades financieras colaboradoras.
Las autoliquidaciones, declaraciones, solicitudes de prórroga para trasmisiones mortis causa y comunicación del hecho imponible, puede presentarse a través de madrid.es/go/carpetatributaria. Requiere identificación y firma electrónica. En todos los casos, el formulario generado queda presentado ante la Agencia Tributaria Madrid. No es necesario su presentación posterior en el registro.
El pago de la autoliquidación puede realizarse en las Entidades financieras y bancarias autorizadas o en el trámite en línea de la autoliquidación.
También está disponible la posibilidad de Pago directo sin necesidad de identificación o firma electrónica. Sólo requiere la carta de pago.
En todos los casos, las entidades financieras remiten la información correspondiente del pago realizado por los contribuyentes. Por lo tanto, tampoco es necesario su presentación posterior en el registro.
Las solicitudes se pueden presentar a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid sede.madrid.es. El acceso al servicio de registro se ofrece directamente desde los contenidos de los trámites que contemplan esta posibilidad de tramitación en línea.
Cuando no exista un trámite específico puede utilizar la instancia general normalizada.