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Competencias del Ayuntamiento en materia catastral

Desde 2004, gran parte de la gestión catastral de los inmuebles de Madrid la realiza la Agencia Tributaria Madrid a través de distintos convenios de colaboración entre el Ayuntamiento de Madrid y la Dirección General del Catastro (dependiente del Ministerio de Hacienda).

Esta colaboración ha repercutido positivamente en el mantenimiento del Catastro Inmobiliario, cuya información se actualiza de forma más eficiente. Las mejoras en la gestión catastral de Madrid han supuesto un beneficio para la ciudadanía:

  • Se han reducido los plazos de tramitación.
  • Se han ampliado las posibilidades de atención presencial a través de las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (OAIC).

Actualmente están en vigor sendos convenios de colaboración en materia de gestión e inspección catastral, suscritos en fecha 7 de febrero de 2020 (BOE número 44, de 20 de febrero).

En virtud de los mismos el Ayuntamiento ejerce, entre otras, las siguientes competencias en régimen de encomienda de gestión respecto a los inmuebles urbanos del municipio de Madrid:

  1. Tramitación de las declaraciones catastrales formalizadas mediante el modelo 900D, referidas a alteraciones físicas, económicas o jurídicas (titularidad).
  2. Tramitación de las solicitudes de baja de titularidad catastral.
  3. Tramitación de los procedimientos de subsanación de discrepancias y rectificación de errores materiales de datos físicos, económicos y jurídicos.
  4. Atención al público, informando y asistiendo a la ciudadanía en las materias competencia del Ayuntamiento y a través de la gestión de Puntos de Información Catastral (PIC).

Además, el Ayuntamiento asume en régimen de delegación de competencias la inspección catastral.

En los expedientes tramitados en régimen de delegación de competencias los acuerdos de resolución son adoptados por la Dirección de la Agencia Tributaria Madrid, mientras que en la encomienda de gestión es competencia de la Gerencia Regional del Catastro de Madrid. No obstante, en ambos casos se puede acudir a las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente de la Agencia Tributaria Madrid para resolver cualquier cuestión relacionada con ellos.

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