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Aportación de documentación a expedientes de IBI, TRUA y Plusvalía

Tributos

Este servicio está disponible para los expedientes de los siguientes tributos:

  IBI - Impuesto de Bienes Inmuebles.

  TRUA - Tasa de Residuos Urbanos de Actividades.

  Plusvalía - Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana).

 

Funcionalidades

  • Aportar documentación complementaria a los expedientes de los tributos antes citados en función del estado de tramitación de los mismos.
  • Responder a los requerimientos formulados por la Agencia Tributaria de Madrid. En este caso, se debe seleccionar el número de expediente que se indica en el apartado de identificación del acto de la carta del requerimiento recibida.

Modalidades

  • Aportación en nombre propio: Los documentos se pueden aportar actuando en nombre propio, es decir, el solicitante puede aportar documentación a alguno de los expedientes en los que consta como interesado. Para ello el sistema mostrará un listado de los expedientes susceptibles de aportar documentación.
  • Aportación actuando en nombre de otro, es decir, el solicitante actúa en nombre de terceros previa inclusión del formulario de otorgamiento de representación o documentación que demuestre la autorización de representación o equivalente acreditación. Para realizar el trámite, se debe introducir como información de contraste en el apartado “Buscador de Expedientes” tanto el NIF del interesado como el número de expediente al que se quiere aportar la documentación.

¿Cómo realizar el trámite?

 En línea (Internet).

Con identificación electrónica. Este trámite se puede enviar directamente desde el apartado tramitar en línea:

Tramitar en línea

 ¿Qué tiene que tener en cuenta al acceder electrónicamente para aportar documentación?

  • Comprobar que cumple con alguno de los requisitos del servicio.
  • Tener preparada la documentación a aportar en formato electrónico.
  • El máximo de documentos a aportar es de 10.
  • El tamaño de los documentos no podrá superar los 10 MB, ni el total de los documentos podrá superar los 15 MB.
  • Las extensiones permitidas de los documentos son las siguientes:
accdb bmp csig css csv
dgn doc docx dot dsig
dwg dxf gif gml gzip
htm html iee jpeg jpg
mdb mht mhtml odg odp
ods odt pdf png pps
ppt pptx p7s rar rfa
rtf rvt rtf srvthp svg
 tar tif tiff txt xhtml
xls xlsx xlt xml xsig
zip        

 

 

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