Modificación. Domiciliación bancaria de tributos municipales periódicos
Información
Descripción
Tributos municipales periódicos para los que se puede solicitar la modificación de los datos bancarios de las órdenes de domiciliación:
- IBI y TRUA, para el pago único, Pago a la carta (PAC) y Sistema especial de pago (SEP).
- IVTM, IAE, OCU y Tasa de Terrazas para el pago único.
- TPV, para el pago único y pago fraccionado sin bonificación.
Requisitos
Requisitos
- En todos los casos, la modificación de la domiciliación la deberá realizar la persona titular de la cuenta bancaria.
- Siempre se ha de indicar el teléfono o correo electrónico, como medio de comunicación para aclarar cualquier tipo de incidencia que pueda plantear la orden de domiciliación.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet): accediendo a la tramitación desde los enlaces disponibles en el apartado Tramitar - En línea.
- IBI, TRUA y Tasa de terrazas: con identificación electrónica realizando la solicitud a través del enlace "Domiciliación bancaria IBI y TRUA y Tasa de terrazas disponible en “Tramitar en línea”.
- Resto de tributos: Sin identificación electrónica: realizando la solicitud a través del enlace "Domiciliación bancaria (excepto IBI, TRUA y Tasa de Terrazas)" disponible en “Tramitar en línea”. El uso de este medio no supone la tramitación directa de la domiciliación, por lo que le son de aplicación los mismos plazos que las solicitudes presentadas a través de cualquier Oficina de Registro.
La identificación electrónica requiere identificación y firma electrónica.
Teléfono 010 – Línea Madrid (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid).
Presencialmente
- Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (con cita previa excepto para mayores de 65 años).
- Oficinas municipales de asistencia en materia de registro y otros registros oficiales.
Plazo
Se podrá solicitar durante todo el año.
Pago
Pago
Los pagos efectuados mediante domiciliación bancaria se entenderán realizados en la fecha de cargo en cuenta de dichas domiciliaciones, considerándose justificante del ingreso el que a tal efecto expida la entidad de depósito donde se encuentre domiciliado el pago, debiendo recoger como mínimo los datos que se establezcan por el órgano municipal competente.
Más Información
Recurso
- Recurso potestativo de reposición, previo a la reclamación económico-administrativa, ante el órgano que dictó el acto, o bien
- Directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal.
Información complementaria
Plazos de efecto para el año en curso
Puedes consultar en este enlace las fechas límite para la domiciliación bancaria de tributos municipales periódicos.
Validez de la domiciliación
- Tendrán validez por tiempo indefinido.
- Pueden anularse en cualquier momento.
- Pueden trasladarse a otras entidades de depósito, poniéndolo en conocimiento de la Administración municipal dentro de los plazos indicados en el apartado anterior.
Devolución del recibo
En caso de devolución reiterada del recibo por la entidad financiera durante dos ejercicios consecutivos, por causas imputables a la persona interesada, quedará sin efecto la orden de domiciliación para pagos sucesivos correspondientes al mismo objeto y titular.
Tratamiento de protección de datos: Gestión de tributos.
Fundamento legal
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
En línea
Domiciliación Con y sin certificado digital, según opciones
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid
Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (OAIC)
Sólo mayores de 65 años
Con cita previa obligatoria
Cita previa para domiciliaciones, duplicados, justificantes de pago de recibos. OAIC
Cita previa para domiciliaciones, pagos y recibos en Línea Madrid
Teléfono
010 – Línea Madrid ( 914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid)