Deudas en apremio. Certificado de estar al corriente de pago
Información
Descripción
Este trámite permite obtener un documento que acredita que una persona física o jurídica no tiene deudas en vía de apremio con el Ayuntamiento de Madrid.
Participación en concursos municipales
En el caso de que empresas o profesionales (tanto personas jurídicas como físicas) necesiten un certificado de estar al corriente de pago para la participación en concursos municipales, se comprobará internamente, por lo que no necesitan solicitar certificado.
¿A quién va dirigido?
Cualquier persona, física o jurídica.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet): realizando la solicitud a través del enlace “Registro Electrónico” disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consultar la ayuda.
Presencialmente en las Oficinas municipales de asistencia en materia de registro y otros registros oficiales.
La forma de realizar este trámite en cualquiera de las formas indicadas, no supone la tramitación directa, sólo su presentación en el Registro del Ayuntamiento de Madrid.
Más Información
Tramitación
Plazo: la emisión de este documento se realizará en el plazo de 20 días.
Quién lo emite: la Subdirección General de Recaudación previa solicitud por escrito.
Dónde se envía: al domicilio señalado a tal efecto en la solicitud o, en su defecto, al domicilio fiscal del obligado tributario o de su representante.
Acreditación: la persona solicitante deberá acreditar la legitimación si la información requerida se refiere a otra persona.
Información complementaria
Tratamiento de protección de datos: Gestión de tributos.
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
- Ordenanza Fiscal 13/2021, de 29 de diciembre, General de Gestión, Recaudación e Inspección.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa
Solo para registrar la solicitud
Modelos de formularios
Formulario de solicitud (presencial)