Tributos. Justificantes de pago y de datos de objeto tributario
Información
Descripción
Justificantes de pago
Recibos pagados mediante domiciliación bancaria. El justificante de pago lo envía la entidad financiera al titular de la cuenta donde se realiza el cargo cualquiera que sea la modalidad de pago: pago único, fraccionado, Pago a la Carta (PAC) o Sistema Especial de Pago (SEP).
Confirmación del pago. Hasta que no transcurren dos meses desde la fecha en que se realizó el pago, las entidades financieras no envían los ficheros con los recibos pagados al Ayuntamiento, respetando el plazo de devolución de dichos cargos que establece la normativa sobre servicios de pagos SEPA.
Emisión de justificante de pago. Hasta que dicha información no llega al Ayuntamiento y posteriormente se confirma el pago, no es posible emitir un justificante del mismo.
Pago fraccionado. De los recibos acogidos a alguna de las formas de domiciliación de pago fraccionado, sólo se podrá obtener el justificante del pago de la deuda total.
Justificantes de datos de objeto tributario
Este documento detalla los datos de cálculo de la cuota líquida para el objeto tributario y periodo seleccionado.
Disponible en el Impuesto de Bienes Inmuebles en el que se desglosa, entre otros, el valor catastral suelo, edificación, base liquidable, tipo gravamen y los beneficios fiscales aplicados.
¿A quién va dirigido?
A las personas deudoras o autorizadas por estas.
Requisitos
Requisitos
Los indicados en el apartado Documentación.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet)
Justificantes de pago
- Con identificación electrónica, accediendo desde el apartado Modelos de formularios al formulario normalizado (disponible para IAE, TPV, OCU e IVTM).
- Para todos los tributos excepto IBI, TRUA y Tasa de terrazas, accediendo al servicio Mi Carpeta. Tributos.
Justificantes de pago y de datos de objeto tributario
- Para IBI, TRUA y Tasa de terrazas, accediendo al servicio Justificante de pago de IBI, TRUA, Tasa de terrazas y de datos del objeto tributario.
La identificación electrónica requiere identificación y firma electrónica. Para más información consultar la ayuda.
Presencialmente
- Oficinas de Atención a la Ciudadanía: sólo justificantes de pago del IVTM, IBI, TRUA y Tasa de terrazas (con cita previa).
- Oficinas de Atención Integral al Contribuyente: sólo justificantes de pago de tributos periódicos (IVTM, IBI, TRUA, Tasa de terrazas, TPV y OCU) y justificante de datos de objeto tributario. Con cita previa excepto para mayores de 65 años.
- Oficinas municipales de asistencia en materia de registro y otros registros oficiales. La utilización de este canal solo supone el registro de la solicitud en el Ayuntamiento de Madrid y no la obtención del justificante.
Documentación
Documentación
Solicitud a través de Registro electrónico o presencialmente en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía o en el resto de Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Madrid
- Si la persona solicitante no es el/la titular:
- Autorización del/la titular o de la persona representante si es persona jurídica.
- DNI de la persona autorizada y de la persona autorizante.
- Fotocopia del poder notarial o acta de nombramiento de la persona representante.
- Si el/la titular hubiera fallecido:
- Testamento o declaración de herederos/as donde figure la persona solicitante del justificante como heredero/a de la persona fallecida.
- Si no fuera heredero/a, autorización del/la heredero/a hacia la persona solicitante y DNI de la persona autorizada y de la persona autorizante.
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y Tasa de Residuos Urbanos (TRUA)
Si el/la solicitante no es titular del recibo: escritura, fotocopia de la escritura o autorización de la persona titular con copia del DNI.
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía)
Incluir los siguientes datos:
- Fecha en que se efectuó el ingreso.
- Banco o caja en que se efectuó el ingreso.
- Fecha de la escritura y notario/a que la otorgó.
- Situación de la finca transmitida.
- Datos de la persona solicitante.
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
Sólo se otorgarán a titulares del vehículo, a los que presenten autorización de la persona titular, o a aquellas personas que acrediten interés legítimo mediante la aportación de contrato privado o documento que acredite la transmisión.
Justificante para la transferencia del vehículo: si está al corriente de pago, no es necesario que solicite el justificante para presentarlo ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid, ya que ellos comprueban el pago a través de intercambios de información con el Ayuntamiento de Madrid.
Más Información
Tramitación
La entrega del justificante dependerá de la forma en la que se ha solicitado:
- En línea: En el momento. Entrega del justificante en el momento a través del enlace previamente elegido.
- Presencialmente. En el momento (con cita previa)
- En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía sólo justificantes de pago del IVTM, IBI, TRUA y Tasa de terrazas.
- En las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente:
- Justificantes de pago del IVTM, IBI, TRUA, Tasa de terrazas, TPV y OCU.
- Justificante de datos de objeto tributario.
- Justificantes de pago del IVTM, IBI, TRUA, Tasa de terrazas, TPV y OCU.
- En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía sólo justificantes de pago del IVTM, IBI, TRUA y Tasa de terrazas.
- Registro. Al domicilio. Envío al domicilio de la persona solicitante los justificantes solicitados.
Información complementaria
Más información
Teléfono 010 – Línea Madrid (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid).
Tratamiento de protección de datos: Gestión de tributos.
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria.
- Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
- Ordenanza Fiscal 13/2021, de 29 de diciembre, General de Gestión, Recaudación e Inspección.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
En línea
Justificantes de pago y de datos del objeto tributario Con certificado digital
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa
Solo para registrar la solicitud
Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (OAIC)
Sólo mayores de 65 años
Con cita previa obligatoria
Cita previa para IBI/Catastro. OAIC
Sólo justificantes de pago y de datos del objeto tributario
Sólo justificantes de pago y de datos del objeto tributario
Sólo justificantes de pago y de datos del objeto tributario
Cita previa para TRUA/TPV. OAIC
Sólo justificantes de pago y de datos del objeto tributario
Cita previa para domiciliaciones, pagos y recibos en Línea Madrid
Sólo justificantes de pago de IBI, TRUA, IVTM y de datos del objeto tributario