Calendario tributario 2025
El cargo en cuenta se realizará según el calendario individualizado, los días 5 del mes correspondiente, o inmediato hábil posterior
- 7 de enero.
- 5 de febrero.
- 5 de marzo.
- 7 de abril.
- 5 de mayo.
- 5 de junio.
- 7 de julio.
- 5 de agosto.
- 5 de septiembre.
- 15 de diciembre: liquidación final
- 30 de junio: primer plazo 65% del ejercicio anterior.
- 1 de diciembre: resto.
- 2 de junio: 60% recibo 2025.
- 1 de diciembre: 40% recibo 2025.