Pago fácil. Planes de pago para los tributos municipales
Información
Descripción
Estos planes de pago pueden utilizarse para los tributos:
IBI: Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
TRUA: Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos de Actividades.
- Plazos de pago: 9, 5, 3 ó 2 plazos.
- Bonificación: 5% del importe de la cuota a pagar.
Sistema Especial de Pago (SEP)
- Plazos de pago: 2 plazos.
- Bonificación: 3,25 % del importe de la cuota a pagar.
Además de lo anterior, si lo desea puede realizar el pago en un solo plazo de los anteriores tributos y de la Plusvalía.
Requisitos
Requisitos
- Domiciliar los pagos en una entidad financiera.
- La persona solicitante debe coincidir con la persona titular de la cuenta bancaria.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet): con identificación electrónica. Realizando la solicitud a través de los enlaces disponibles en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consultar la ayuda.
Teléfono 010 – Línea Madrid (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid).
Presencialmente:
- Oficinas de Atención a la Ciudadanía (con cita previa).
- Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (con cita previa excepto para mayores de 65 años).
- Oficinas municipales de asistencia en materia de registro y otros registros oficiales.
La presentación de este trámite sin tramitación directa, solo supone el registro de la solicitud en el Ayuntamiento de Madrid y no implica su concesión automática.
Más Información
Tramitación
- Tramitación en línea: no es necesaria documentación.
- Tramitación presencial: debe solicitarse mediante instancia general normalizada.
Información complementaria
Protección de datos. Tratamiento: Gestión de tributos.
Dirección de esta página: madrid.es/go/pagofacil.
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
- Ordenanza Fiscal 13/2021, de 29 de diciembre, General de Gestión, Recaudación e Inspección.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de 15 de diciembre de 1989.
- Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Servicios y Actividades relacionados con el Medio Ambiente, de 15 de diciembre de 1989.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
En línea
Pago a la Carta y Sistema Especial de Pago Con certificado digital
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid
Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (OAIC)
Sólo mayores de 65 años
Con cita previa obligatoria
Cita previa para domiciliaciones, pagos y recibos en Línea Madrid