Formas de pago de los tributos, multas de circulación o de las deudas con recargo municipales
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- Tienes que tener en cuenta que los plazos para el pago de deudas tributarias dependen del tipo de documento y período.
- Si tienes dudas sobre los plazos para el pago, consulta el contenido: Información sobre el pago de deudas tributarias.
Pago por Bizum
Introduciendo tu número de teléfono registrado y autorizando la operación con tu entidad financiera.
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Mediante tarjeta de crédito o débito
Las tarjetas que se aceptan son:
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Por banca electrónica
Si eres cliente de una de las entidades financieras y bancarias autorizadas.
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Mediante cargo en cuenta
Si tienes Cl@ve y eres cliente de alguna entidad colaboradora:
Solo para los tributos periódicos en su período voluntario de pago.
Por Teléfono
- A través del teléfono de atención a la ciudadanía 010 – Línea Madrid (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid), mediante tarjeta de crédito o débito (Visa, MasterCard, Maestro y Visa Electrón).
- Por Banca Telefónica si es cliente de este servicio de alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas.
Mediante tarjeta de crédito o débito
En cualquiera de las siguientes oficinas municipales:
- Oficinas de Atención a la Ciudadanía (con cita previa).
- Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (con cita previa excepto para mayores de 65 años).
Las tarjetas que se aceptan son:
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En efectivo
En cualquier oficina de las entidades financieras y bancarias autorizadas, con el documento de pago.
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En los cajeros automáticos
En los cajeros de aquellas entidades que dispongan de este servicio y siempre que el documento de pago tenga código de barras.