Tasa por Pasos de Vehículos (TPV). Pago fraccionado
Información
Descripción
El importe de la tasa se podrá fraccionar, sin interés ni recargo alguno, en dos partes:
El 60% de su importe al vencimiento del período voluntario de ingreso.
El 40% restante, el 30 de noviembre o inmediato hábil siguiente.
Requisitos
Requisitos
Para acogerse a esta modalidad de fraccionamiento se necesita:
- Formular la oportuna solicitud.
- Domiciliar el pago de ambos plazos en una entidad financiera
En todos los casos, la domiciliación la deberá realizar la persona titular de la cuenta bancaria.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
Alta y baja del pago fraccionado
En línea (Internet): accediendo a la tramitación desde el enlace disponible en el apartado Tramitar - En línea. .
Teléfono: 010 – Línea Madrid (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid).
Presencialmente:
- Sin necesidad de formulario de solicitud en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (con cita previa) y en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (con cita previa excepto para mayores de 65 años).
- Mediante el formulario de solicitud en las Oficinas municipales de asistencia en materia de registro y otros registros oficiales. El uso de este medio no supone la tramitación directa de la domiciliación, por lo que le son de aplicación los mismos plazos que las solicitudes presentadas a través de cualquier Oficina de Registro.
Plazo
Se podrá solicitar durante todo el año.
Más Información
Información complementaria
Plazos de efecto de la domiciliación
- Si se realiza de forma presencial (Oficinas de Atención a la Ciudadanía y Oficinas de Atención Integral al Contribuyente), a través del teléfono 010 – Línea Madrid (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid) o Internet, hasta el 20 de febrero con efectos para el mismo año.
- Si se realiza mediante impreso normalizado a través de las Oficinas municipales de registro y demás registros oficiales y del registro electrónico del Ayuntamiento, hasta el 31 de diciembre con efectos para el año siguiente.
Efectos de la falta de pago
Si por causas imputables a la persona interesada, no se hiciera efectivo el pago a su vencimiento, devendrá inaplicable automáticamente esta modalidad de fraccionamiento. En este supuesto, se iniciará el periodo ejecutivo respecto del importe total de la deuda, con los recargos, intereses y costas que correspondan.
Validez de la domiciliación
Las domiciliaciones de pago tendrán validez por tiempo indefinido, pudiéndose anular en cualquier momento. Asimismo podrán trasladarse a otras entidades de depósito, poniéndolo en conocimiento de la Administración municipal dentro de los plazos indicados en el apartado anterior. No obstante, en caso de devolución reiterada del recibo por la entidad financiera durante dos ejercicios consecutivos, por causas imputables a la persona interesada, quedará sin efecto la orden de domiciliación para pagos sucesivos correspondientes a la misma persona titular y objeto.
Tratamiento de protección de datos: Gestión de tributos.
Fundamento legal
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa
Solo para registrar la solicitud
Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (OAIC)
Sólo mayores de 65 años
Con cita previa obligatoria
Cita previa para TRUA/TPV. OAIC
Cita previa para domiciliaciones, pagos y recibos en Línea Madrid
Teléfono
010 – Línea Madrid ( 914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid)