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Recursos ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria. IAE

Se puede recurrir por error en:

  • Altas.
  • Bajas.
  • Modificaciones.
  • Incorrecta calificación de actividades.
  • Errores en la señalización de la cuota tributaria.

Cómo realizar el trámite

  En línea: Sede electrónica de la AEAT.

  Presencialmente:

  • Oficinas de la AEAT.
  • Oficinas de correos.
  • Lugares contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

Documentación

  Escrito de interposición (Reposición y vía económico administrativa) al que se adjuntará:

  • Copia del acto que se impugna.
  • Pruebas que se estimen pertinentes.

Recursos

Podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día inmediato siguiente al del término del periodo de exposición pública, o reclamación económico - administrativa ante el Tribunal Económico - Administrativo Regional, en el mismo plazo. 

Datos Específicos

Resolución: no existen plazos fijos para su resolución.

Para subsanar los posibles errores en los datos censales (DNI / NIE / NIF), nombre y apellidos o razón social, domicilio fiscal y domicilio de la actividad, epígrafe, elementos tributarios y cuota mínima municipal), deberá dirigirse la persona contribuyente a la Delegación de Hacienda correspondiente.

  Fundamento legal

  Entidad Gestora

Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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