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Bonificación a cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra. IBI. Información

 

 

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Tendrán derecho a una bonificación del 95% de la cuota íntegra los bienes rústicos de las Cooperativas Agrarias y de Explotación comunitaria de la tierra, en los términos establecidos en la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.

  Plazo

Desde el período impositivo siguiente a aquél en que se solicite.

  Requisitos

Ser titular de un bien rústico en régimen de cooperativa y de explotación comunitaria de la tierra.

  Documentación

Documento de constitución de la cooperativa y de propiedad del inmueble.

Tramitar en línea Información general

  Compatibilidad en las bonificaciones

  • Las bonificaciones son compatibles entre sí y se aplicarán en el orden recogido en la ordenanza sobre la cuota íntegra o, en su caso, sobre la resultante de aplicar las que le precedan.
  • Solo resultan incompatibles entre sí las bonificaciones del SEP y el PAC, que no pueden aplicarse conjuntamente.
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