Saltar navegación

Bonificación a mercados municipales. IBI. Información

"

Tendrán derecho a una bonificación del 95% de la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), los inmuebles de titularidad del Ayuntamiento de Madrid en los que se desarrolle la actividad de mercado en régimen de concesión.

" Plazo

La solicitud surtirá efectos a partir del ejercicio siguiente al de su petición.

" Requisitos

Haber sido declarados de interés público o utilidad municipal por el pleno de la Corporación (basta el voto favorable de la mayoría simple de sus miembros), previa solicitud del sujeto pasivo.

" Documentación

Certificado del Secretario General de la entidad en el que se especifiquen los metros cuadrados edificados totales de la finca y, detalladamente, los metros cuadrados destinados a cada uno de los usos de la misma (actividad de investigación, vivienda, oficinas, educación, garaje, comedor, zona deportiva, etcétera).

Tramitar en línea 

"" Compatibilidad en las bonificaciones

  • Las bonificaciones son compatibles entre sí y se aplicarán en el orden recogido en la ordenanza sobre la cuota íntegra o, en su caso, sobre la resultante de aplicar las que le precedan.
  • Solo resultan incompatibles entre sí las bonificaciones del SEP y el PAC, que no pueden aplicarse conjuntamente.
Subir Bajar