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Calculadora estimativa de la plusvalía municipal del Ayuntamiento de Madrid

Calculadora de la plusvalía que permite al contribuyente valorar la base imponible más favorable

La Agencia Tributaria Madrid pone a disposición de los contribuyentes una calculadora que les permite conocer si hay incremento de valor del terreno en la transmisión y valorar cuál es la base imponible más favorable a sus intereses antes de practicar la autoliquidación de la plusvalía municipal. En cualquier caso, esta es solo una estimación y no recoge todos los posibles casos.

Su uso es de acceso libre. No requiere ningún tipo de autentificación y/o firma electrónica.

Condiciones de funcionamiento

  • Para las transmisiones que se realizan al 100%.
  • Debe existir un valor catastral asignado.
  • Debe existir una transmisión del suelo y construcción en la adquisición y transmisión.
  • En las transmisiones lucrativas, es decir las gratuitas (herencia, donación…), se deben tomar los datos del valor del inmueble declarado o autoliquidado en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Para más información puede consultar las instrucciones incorporadas en el trámite.

Metodologías de cálculo de la base imponible

  • Sistema objetivo (base imponible = el valor catastral del terreno x coeficiente).
  • Sistema de estimación directa de incremento de valor (base imponible = comparativa del valor del terreno declarado o comprobado en la adquisición y en la transmisión).

Enlace a la Calculadora de plusvalía

Los sujetos pasivos practicarán una autoliquidación o una declaración de la plusvalía municipal según las circunstancias que se explican en los mencionados trámites.

  Dirección corta de esta página: madrid.es/go/calculadoraplusvalia.

Los coeficientes a aplicar serán diferentes en función de la fecha de transmisión:

  • Transmisiones producidas antes del 1 de enero de 2023
Período de generación en añosCoeficientes a aplicar antes de 2023Coeficientes a aplicar desde 2023 Coeficientes a aplicar desde 2024
Menos de 1 0,14 0,14 0,15
1 0,13 0,13 0,15
2 0,15 0,14 0,14
3 0,16 0,15 0,14
4 0,17 0,17 0,16
5 0,17 0,17 0,18
6 0,16 0,16 0,19
7 0,12 0,12 0,20
8 0,10 0,10 0,19
9 0,09 0,09 0,15
10 0,08 0,08 0,12
11 0,08 0,08 0,10
12 0,08 0,08 0,09
13 0,08 0,08 0,09
14 0,10 0,09 0,09
15 0,12 0,10 0,09
16 0,16 0,13 0,10
17 0,20 0,17 0,13
18 0,26 0,23 0,17
19 0,36 0,29 0,23
20 o más 0,45 0,45 0,40

Para las transmisiones anteriores al 9 de noviembre de 2021 (incluido) consultar las preguntas frecuentes de plusvalía sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021 y la nueva regulación 1, 2 y 3.

En las transmisiones a partir del 10 noviembre de 2021 en las que el contribuyente presentó una declaración mientras se adaptaban las aplicaciones informáticas la Agencia Tributaria Madrid, se le notificará una liquidación (sin intereses si la ha presentado en los plazos estipulados). El contribuyente no debe sustituir la declaración por una autoliquidación. Debe esperar a que se le notifique la liquidación para pagarla.

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