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Tasa por la expedición de tarjetas de armas de aire comprimido

Autoliquidacion con motivo de la tramitación de los expedientes necesarios para la expedición de la tarjeta de armas de cuarta categoría (armas de aire comprimido).

Constituye el objeto de la Tasa la actividad administrativa desarrollada con motivo de la tramitación, a instancia de persona interesada, de los expedientes necesarios para la expedición, por la Administración u Órganos Municipales, de la tarjeta de armas de cuarta categoría (armas de aire comprimido).

Cómo realizar el Trámite

  • Cumplimentar el impreso y firmarlo.
  • El apartado Bastanteo solo deberá rellenarse en caso de actuar por bastanteo de poderes
  • En el apartado Otros se incluirán los datos identificativos del objeto de exacción, que serán los que solicite la oficina municipal donde se presente su solicitud
  • Realizar el pago en cualquiera de las entidades financieras autorizadas.

Presentar la autoliquidación en la oficina municipal correspondiente

Gestión

La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación. En el momento de presentar la solicitud de.expedición de la tarjeta de armas de aire comprimido, deberá acreditar el ingreso del importe total estimado de la deuda tributaria, a cuenta de la liquidación que en definitiva corresponda.

Consulte toda la información sobre estas solicitudes en Solicitud de tarjeta de armas 4ª categoría.

 Documentación

Mediante impreso de autoliquidación que puede imprimirse y cumplimentarse desde el apartado Información relacionada o recogerlo en el Departamento de Gestión Administrativa de la Dirección General de la Policía Municipal, y en el resto de Oficinas municipales de asistencia en materia de registro, u Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid.

 Datos de pago

20,75 euros a pagar en cualquier entidad autorizada: Entidades financieras y bancarias autorizadas.

 Fundamento Legal

 Entidad Gestora

Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid.

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