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Tasa por utilización y aprovechamiento de la vía pública por empresas explotadoras de servicios de suministros

Del 01/04/2024 hasta 30/05/2024 Tramitar

Información

Descripción

Grava la utilización privativa o aprovechamientos especiales en el suelo, subsuelo o vuelo, de las vías públicas municipales a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros, que resulten de interés general o afecten a la generalidad o una parte importante del vecindario.

 

¿A quién va dirigido?

Empresas o entidades explotadoras de servicios de suministros.

Plazo

01/04/2024 - 30/05/2024

Importe

La base imponible estará constituida por los ingresos brutos procedentes de la facturación obtenida anualmente en el término municipal de Madrid por las citadas empresas, que se minorarán exclusivamente en las cantidades satisfechas a otras empresas en concepto de acceso o interconexión a las redes, en cuanto a las que empleen redes ajenas para efectuar los suministros, y las partidas correspondientes a importes indebidamente facturados por error y que hayan sido objeto de anulación o rectificación.

La cuota tributaria será la cantidad resultante de aplicar el 1,5% a la base imponible.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

 En línea (Internet): presentando la declaración mediante Instancia General Normalizada disponible en el apartado "Información relacionada".

 Presencialmente en las Oficinas municipales de asistencia en materia de registro y en otros registros oficiales.

 Teléfono 010 – Línea Madrid (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid).

Documentación

Documentación

Declaración por escrito comprensiva de la siguiente información referida al ejercicio anterior al devengo:

  • Importe de los ingresos brutos procedentes de la facturación a los consumidores finales, obtenidos en el término municipal de Madrid, con indicación del número de clientes facturados.
  • Importe de las cantidades percibidas de terceros por derechos de acceso o interconexión a redes propias, con indicación de los sujetos que han satisfecho tales cantidades y del importe correspondiente a cada uno.
  • Importe de las cantidades abonadas por derechos de acceso o interconexión a redes propiedad de terceros, con indicación de los sujetos titulares de tales redes y de los importes.
  • Importe, en su caso, de los ingresos no incluidos en la facturación, por tener la consideración de cantidades percibidas por cuenta de terceros, con indicación de éstos.

Más Información

Información complementaria

 Tratamiento de protección de datos: Gestión de tributos.

 Subdirección General de Inspección Tributaria

Agencia Tributaria Madrid - Calle Sacramento 1, Planta Baja.

Correo electrónico: gotyse@madrid.es.

Entidad Gestora

Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid

Tramitar

Presencial

Sin cita previa

Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid

Solo para registrar la solicitud

Con cita previa obligatoria

Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid

Solo para registrar la solicitud

Teléfono

010 – Línea Madrid ( 914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid)

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