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Tasa por utilización y aprovechamiento de la vía pública por empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil

Se refiere a la utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales a favor de empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil cuyos servicios se presten, total o parcialmente, a través de antenas fijas, redes o instalaciones que materialmente ocupen dicho dominio público municipal.

¿A quién va dirigido?

Empresas o entidades explotadoras de servicios de telefonía móvil.

 Requisitos

Titularidad de las antenas, microceldas, redes o instalaciones a través de las cuales se efectúen los aprovechamientos.

 Cómo realizar el trámite

Del 1 al 31 de enero en las oficinas municipales de asistencia en materia de registro.

 Documentación

Declaración por escrito comprensiva de la siguiente información referida a 1 de enero:

  • Número de líneas de telefonía móvil, prepago y pospago, activas en el municipio de Madrid correspondientes a abonados con domicilio en el término municipal.
  • Número de líneas de telefonía fija activas en el municipio de Madrid correspondientes a abonados con domicilio en el término municipal.
  • Número de microceldas, repetidores o elementos similares instalados en el término municipal.
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