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Anuncio de exposición de la matrícula 2023: IBI, IAE, TRUA y OCU

La Directora de la Agencia Tributaria Madrid, en el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por sus Estatutos, aprobados por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 22 de diciembre de 2008, por resoluciones de 5 de septiembre de 2023, ha aprobado las matrículas correspondientes a los siguientes tributos municipales para el ejercicio 2023, así como la exposición al público del presente anuncio mediante su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid::

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
  • Impuesto sobre Actividades Económicas.
  • Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos de Actividades.
  • Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Suelo, Vuelo o Subsuelo del Dominio Público Local.

"" Exposición al público para 2023

Las matrículas estarán expuestas al público, pudiendo consultar sus datos durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOCM  número 214, de 8 de septiembre de 2023, según se indica a continuación:

"" Teléfono. Contactando con la Plataforma de atención telefónica de la Agencia Tributaria Madrid:

  • En el teléfono 010 – Línea Madrid.
  • En el 914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid.
  • A través del número 900 111 065, si es mayor de 65 años.

"" Presencialmente en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente. Tanto en los teléfonos anteriores, como en la dirección web madrid.es/oaic, figura la información necesaria para el acceso a dichas oficinas (direcciones, apertura, horarios, cita previa).

  En línea (Internet): para el Impuesto de Bienes Inmuebles y la Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos de Actividades en la dirección web madrid.es/go/carpetatributaria.

  Recursos

Se podrá interponer recurso de reposición potestativo, previo a la reclamación económico-administrativa, ante la directora de la Agencia Tributaria Madrid, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago (1 de diciembre).

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