Recargos por presentación extemporánea
CONCEPTO TRIBUTARIO
Es una cantidad adicional que hay que pagar cuando se presenta, fuera del plazo establecido para ello y sin requerimiento previo de la administración, una autoliquidación o una declaración tributaria. Los porcentajes dependen del tiempo transcurrido desde la finalización del plazo de presentación:
- Hasta los 12 meses de retraso, el recargo será del 1% + 1% adicional, por cada mes completo de retraso.
- A partir de 12 meses de retraso, el recargo será del 15%. En estos casos, se excluyen del recargo las sanciones que hubieran podido exigirse, pero lleva aparejado la exigencia de intereses de demora.