Duplicados de recibos en período voluntario
Si necesita una certificación o un justificante de haberlo pagado acceda desde el apartado "Información relacionada"
Información
Descripción
Si no ha recibido o ha extraviado el recibo para el pago, puede solicitar un duplicado del mismo:
- Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
- Tasa por Pasos de Vehículos (TPV).
- Tasa de Cajeros Automáticos (TCA).
Plazo
01/04/2024 - 31/05/2024
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
Presencialmente (del 1 de abril al 31 de mayo) de lunes a jueves laborables de 8:30 a 17 horas y viernes laborables de 8:30 a 14 horas, con cita previa:
En línea (del 8 de abril al 20 de mayo).
Por teléfono (del 8 de abril al 20 de mayo): 010 – Línea Madrid (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid).
Documentación
Documentación
- Presencialmente y por teléfono: el solicitante deberá identificarse y presentar los datos del objeto tributario (matrícula del vehículo, referencia catastral...) así como los datos del sujeto pasivo (nombre e identificador fiscal) en caso de que ambos no coincidan. En este supuesto no será necesario acreditar la representación.
- En línea: el solicitante deberá conocer datos que permitan identificar el objeto tributario (matrícula del vehículo, referencia catastral...).
Más Información
Información complementaria
Protección de datos. Tratamiento: Gestión de tributos.
Dirección de esta página: madrid.es/go/duplicadovoluntaria.
Períodos voluntarios de pago:
- Del 1 de abril al 31 de mayo de 2024. Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM),Tasa por Pasos de Vehículos (TPV) y Tasa de Cajeros Automáticos (TCA).
- Del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2024: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), Tasa por Ocupación (OCU) y Tasa de Residuos Urbanos de Actividades (TRUA).
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
- Ordenanza Fiscal 13/2021, de 29 de diciembre, General de Gestión, Recaudación e Inspección.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
Presencial
Con cita previa obligatoria
Cita previa para TRUA/TPV. OAIC
Cita previa para domiciliaciones, pagos y recibos en Línea Madrid