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Alta. Domiciliación bancaria de tributos municipales periódicos

AVISO

Supresión de la Tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de actividades (TRUA) para 2025

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Información

Descripción

La domiciliación bancaria permite gestionar el pago de los tributos municipales a través de su entidad financiera. Supone el cargo, el último día del período voluntario, del importe del recibo emitido anualmente, salvo en los casos de pago fraccionado (con y sin bonificación) o adhesión al sistema de pago a la carta en la cuenta indicada que tienen su propio calendario.

Tipos de domiciliación

 

Tributos municipales periódicos para los que se puede solicitar la domiciliación o modificación bancaria:

  • IBI y TRUA, además del pago único dispone de la modalidad del Pago a la carta (PAC) y del Sistema especial de pago (SEP).
  • IVTMIAEOCU y Tasa de Terrazas, la única modalidad es la del pago único.
  • TPV,  además del pago único dispone de la modalidad de pago fraccionado sin bonificación.

Imagen que muestra las distintas modalidades de pago

Requisitos

Requisitos

  • Figurar como sujeto pasivo del impuesto.
  • Domiciliar en una cuenta bancaria. Para las modalidades de PAC y SEP, la cuenta debe ser de titularidad del sujeto pasivo.

Importante Si existe una transmisión de un inmueble en el año en curso y se quiere domiciliar la deuda para el ejercicio siguiente mediante cualquier sistema de domiciliación, deberá esperar al próximo año para solicitarlo, que es el momento en el que constará como obligado tributario para el Ayuntamiento.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

 En línea (Internet): accediendo a la tramitación desde los enlaces disponibles en el apartado Tramitar - En línea.

  • IBI,  TRUA y Tasa de Terrazas: con identificación electrónica realizando la solicitud a través del enlace "Domiciliación bancaria IBITRUA y Tasa de Terrazas" disponible en “Tramitar en línea”.
  • Resto de tributos:
    • Sin identificación electrónica: realizando la solicitud a través del enlace "Domiciliación bancaria (excepto IBI, TRUA y Tasa de Terrazas)" disponible en “Tramitar en línea”. El uso de este medio no supone la tramitación directa de la domiciliación, por lo que le son de aplicación los mismos plazos que las solicitudes presentadas a través de cualquier Oficina de Registro.

La identificación electrónica requiere identificación y firma electrónica

 Teléfono 010 – Línea Madrid (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid).

 Presencialmente:

 Plazo de solicitud

Se podrá solicitar durante todo el año. Ver los plazos de efecto en el apartado Información relacionada.

Más Información

Recurso

Recurso potestativo de reposición, previo a la reclamación económico-administrativa, ante el órgano que dictó el acto, o bien directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal.

Información complementaria

 Plazos de efecto de la domiciliación

Consulta en este enlace las fechas límite para la domiciliación bancaria de tributos municipales periódicos.

 Validez de la domiciliación

  • Tendrán validez por tiempo indefinido.
  • Pueden anularse en cualquier momento.
  • Pueden trasladarse a otras entidades de depósito, poniéndolo en conocimiento de la Administración municipal dentro de los plazos indicados en el apartado anterior.

 Devolución del recibo

En caso de devolución reiterada del recibo por la entidad financiera durante dos ejercicios consecutivos, por causas imputables a la persona interesada, quedará sin efecto la orden de domiciliación para pagos sucesivos correspondientes al mismo objeto y titular.

 Tratamiento de protección de datosGestión de tributos.

Entidad Gestora

Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid

Tramitar

En línea

Tramitar. Domiciliación Con y sin certificado digital, según opciones

Teléfono

010 – Línea Madrid ( 914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid)

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