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Duplicados de recibos para pagar en período voluntario

Del 01/10/2026 hasta 30/11/2026 Tramitar en línea
Si necesitas una certificación o un justificante de haber pagado el recibo accede desde el apartado "Información relacionada"

Información

Descripción

 Dirección corta de esta página: madrid.es/go/duplicadovoluntaria

Si no ha recibido o ha extraviado el recibo para el pago, puede solicitar un duplicado del mismo en las fechas que se indican en el apartado "Cómo realizar el trámite".

 

Plazo

01/10/2026 - 30/11/2026

Requisitos

Requisitos

  • El solicitante debe identificarse.
  • Debe presentar los datos del objeto tributario (matrícula, referencia catastral, etcétera), así como los datos del sujeto pasivo (nombre e identificador fiscal) en caso de que ambos no coincidan. En este supuesto no será necesario acreditar la representación.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Se podrá obtener un duplicado del recibo por las siguientes vías:

  En Línea (Internet):  Completa y presenta la solicitud a través del enlace disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica).

  • Para tributos SAP, el recibo estará disponible y podrá descargarse a través de la página web municipal, con identificación electrónica, durante todo el periodo voluntario (del 1 de octubre al 30 de noviembre).
  • Para el resto de tributos, podrá solicitarse del 1 de octubre hasta el 21 de noviembre, y se enviará por correo postal 

  Presencialmente: del 1 de octubre al 30 de noviembre

  Por Teléfono 010 – Línea Madrid (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid):

  •  Sólo tributos SAP: desde el 1 de octubre al 21 de noviembre.

  Si actúa por medio de representante debe adjuntar el Impreso de otorgamiento de representación.

 

Más Información

Información complementaria

 Tratamiento de protección de datosGestión de tributos.

 Períodos voluntarios de pago

  • Del 1 de abril al 1 de junio de 2026: Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM),Tasa por Pasos de Vehículos (TPV) y Tasa de Cajeros Automáticos (TCA).
  • Del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2026: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), Tasa de Gestión de Residuos (TGR), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), Tasa por Ocupación (OCU),  y Tasa de Terrazas.

Entidad Gestora

Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid

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