Duplicados de recibos en período voluntario
Si necesita una certificación o un justificante de haberlo pagado acceda desde el apartado "Información relacionada"
Información
Descripción
Si no ha recibido o ha extraviado el recibo para el pago, puede solicitar un duplicado del mismo.
- Del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2023: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), Tasa por Ocupación (OCU) y Tasa de Residuos Urbanos de Actividades (TRUA).
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
Presencialmente (del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2023) de lunes a jueves laborables de 8:30 a 17 horas y viernes laborables de 8:30 a 14 horas, con cita previa:
En línea: solo IBI y TRUA (del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2023).
Documentación
Documentación
- Presencialmente: el solicitante deberá identificarse y presentar los datos del objeto tributario (matrícula del vehículo, referencia catastral, etcétera) así como los datos del sujeto pasivo (nombre e Identificador fiscal) en caso de que ambos no coincidan. En este supuesto no será necesaria acreditar la representación.
- En línea: el solicitante deberá conocer datos que permitan identificar el objeto tributario (matrícula del vehículo, referencia catastral, etcétera).
Más Información
Información complementaria
Protección de datos. Tratamiento: Gestión de Tributos.
Dirección de esta página: madrid.es/go/duplicadovoluntaria.
Períodos voluntarios de pago:
- Del 1 de abril al 31 de mayo de 2023. Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM),Tasa por Pasos de Vehículos (TPV) y Tasa de Cajeros Automáticos (TCA).
- Del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2023: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), Tasa por Ocupación (OCU) y Tasa de Residuos Urbanos de Actividades (TRUA).
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria. BOE número 302 de 18 de diciembre de 2003.
- Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. BOE número 210 de 2 de septiembre de 2005.
- Ordenanza Fiscal 13/2021 General de Gestión, Recaudación e Inspección. Redacción vigente.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
En línea
IBI y TRUA. Copia del recibo de 2023 Del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2023