Duplicados de recibos para el pago en período voluntario
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Finalizado el plazo para solicitar el duplicado del recibo para el pago en período voluntario
Información
Descripción
madrid.es/go/duplicadovoluntaria
El plazo para solicitar un duplicado del recibo para el pago en período voluntario finalizó el 2 de junio
Requisitos
Requisitos
- El solicitante debe identificarse.
- Debe presentar los datos del objeto tributario (matrícula, referencia catastral, etcétera), así como los datos del sujeto pasivo (nombre e identificador fiscal) en caso de que ambos no coincidan. En este supuesto no será necesario acreditar la representación.
Más Información
Información complementaria
Tratamiento de protección de datos: Gestión de tributos.
Períodos voluntarios de pago
- Del 1 de abril al 2 de junio de 2025: Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM),Tasa por Pasos de Vehículos (TPV) y Tasa de Cajeros Automáticos (TCA).
- Del 1 de octubre al 1 de diciembre de 2025: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), Tasa por Ocupación (OCU), Tasa de Gestión de Residuos (TGR) y Tasa de Terrazas.
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
- Ordenanza Fiscal 13/2021, de 29 de diciembre, General de Gestión, Recaudación e Inspección.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid