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Duplicados de recibos para el pago en período voluntario

TRÁMITE NO DISPONIBLE: Finalizado el 2º Período Voluntario de Pago
Si necesitas una certificación o un justificante de haber pagado el recibo accede desde el apartado "Información relacionada"

Requisitos

Requisitos

  • El solicitante debe identificarse.
  • Debe presentar los datos del objeto tributario (matrícula, referencia catastral, etcétera), así como los datos del sujeto pasivo (nombre e identificador fiscal) en caso de que ambos no coincidan. En este supuesto no será necesario acreditar la representación.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Se podrá obtener un duplicado del recibo por las siguientes vías y plazos: 

  • Presencial: Actualmente No disponible (para el 2º PVP el plazo es del 1 de octubre hasta el 1 de diciembre, en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente - madrid.es/OAIC -, y en Línea Madrid - madrid.es/lineamadrid).
  • Por Internet: Actualmente No disponible (para el IBI y la Tasa de Terrazas, el recibo estaba disponible y podía descargarse a través de la página web municipal, con identificación electrónica, durante todo el período voluntario, y para el IAE y OCU  se podía solicitar del 1 de octubre hasta el 21 de noviembre, en madrid.es/duplicados).

Más Información

Información complementaria

 Tratamiento de protección de datosGestión de tributos.

 Períodos voluntarios de pago

  • Del 1 de abril al 2 de junio de 2025: Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM),Tasa por Pasos de Vehículos (TPV) y Tasa de Cajeros Automáticos (TCA).
  • Del 1 de octubre al 1 de diciembre de 2025: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), Tasa por Ocupación (OCU), Tasa de Gestión de Residuos (TGR) y Tasa de Terrazas.

Entidad Gestora

Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid

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