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Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Bonificaciones, exenciones y supuestos de no sujeción

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

 En línea (Internet)

Completa y presenta la solicitud a través del enlace disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consulta la ayuda.

 Presencialmente

En las Oficinas municipales de asistencia en materia de registro y otros registros oficiales.

Representación  Observaciones

  • La realización de este trámite en cualquiera de las formas indicadas, solo supone la presentación de la solicitud en el Registro del Ayuntamiento de Madrid. El hecho de realizar la solicitud no implica su concesión automática.
  • Si actúa por medio de representante debe adjuntar el impreso de otorgamiento de representación.

Documentación

Documentación

 La documentación y los requisitos varían según la bonificación, exención o no sujeción que se pretenda realizar.

 Para aportar documentación utilice el enlace "Aportación de documentación a expedientes de IBITRUA, Plusvalía y TGR" disponible en el apartado de Información relacionada.

Más Información

Información complementaria

 Plazo

El plazo varía según la bonificación, exención o supuesto de no sujeción que se pretenda realizar. Consúltelo en cada uno de los trámites concretos.

 Tratamiento de protección de datosGestión de tributos.

Entidad Gestora

Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid

Tramitar

En línea

Tramitar. IBI. Bonificaciones y exenciones Con certificado digital

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