Impuesto Bienes Inmuebles (IBI). Tramitación directa
Información
Descripción
- Pago directo.
- Pago fraccionado con bonificación:
- Pago a la Carta.
- Sistema Especial de Pago.
- Domiciliación.
- Solicitud de bonificaciones.
- Solicitud de documentos de pago.
- División de recibos.
¿A quién va dirigido?
Podrán realizar cualquiera de estos trámites los/las sujetos pasivos del IBI.
Requisitos
Requisitos
Pagos
Bonificaciones
- Bonificación por familia numerosa.
- Bonificación por la instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar.
- Bonificación a viviendas de protección oficial y equiparables.
- Bonificación a centros públicos de investigación.
- Bonificación a mercados municipales.
- Bonificaciones a empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria.
- Bonificaciones cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra.
Exenciones
División de recibos
Justificantes de pago
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet)
- Con identificación electrónica: realizando la solicitud a través del enlace disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consultar la ayuda.
- Sin identificación electrónica: para realizar pagos a través del enlace "Pago directo IBI o TRUA" disponible en "Tramitar en línea". No requiere identificación ni firma electrónica.
Presencialmente
En las Oficinas municipales de asistencia en materia de registro y otros registros oficiales.
Documentación
Documentación
- Tramitación "En Línea": la documentación necesaria variará en función del trámite concreto que se pretenda realizar (para más información ver los trámites en el apartado "Requisitos").
- Tramitación presencial: además de lo anterior, solicitud en formulario normalizado, disponible en cada uno de los trámites concretos.
Más Información
Fundamento legal
- Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Redacción vigente.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid