Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Recursos ante el Ayuntamiento
Información
Descripción
Revisión de actos y actuaciones de aplicación de los tributos locales y los actos de imposición de sanciones tributarias.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet): realizando la solicitud a través del enlace “Registro Electrónico” disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consultar la ayuda.
Presencialmente en las Oficinas municipales de asistencia en materia de registro y otros registros oficiales.
La forma de realizar este trámite en cualquiera de las formas indicadas, no supone la tramitación directa, sólo su presentación en el Registro del Ayuntamiento de Madrid.
Documentación
Documentación
Solicitud en formulario normalizado disponible en los apartados Tramitar en línea (Registro electrónico) y Modelos de formularios.
Más Información
Tramitación
La resolución será en el plazo de un mes. Transcurrido éste, se entenderá desestimado en todo caso.
Recurso
Contra la liquidación del Impuesto sobre Actividades Económicas cabe interponer, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de recibir la notificación:
- Recurso potestativo de reposición, previo a la Reclamación económico - administrativa, ante el órgano que dictó el acto liquidatorio.
- O bien, directamente, Reclamación económico - administrativa, previa al contencioso - administrativo, ante el Tribunal Económico - Administrativo Municipal.
Fundamento legal
- Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto.
- Ordenanza Fiscal 13/2021 General de Gestión, Recaudación e Inspección. Redacción vigente.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económica, de 10 diciembre de 1991. Redacción vigente.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid