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Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Solicitud Bonificación por creación de empleo

Información

Descripción

Se establece una bonificación por creación de empleo, en el municipio de Madrid de hasta el 50% de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal.

¿A quién va dirigido?

A los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal, y que hayan incrementado el promedio de su plantilla de trabajadores con contrato indefinido en el municipio de Madrid durante el período impositivo inmediato anterior al de la aplicación de la bonificación en relación con el periodo anterior a aquél, en la cuantía siguiente:

  • Incremento igual o superior al 5%: 40% de bonificación.
  • Incremento superior al 10%: 50% de bonificación.

Requisitos

Requisitos

En la aplicación de la bonificación se observarán las siguientes reglas:

  • Para el cálculo del promedio de la plantilla total de la empresa y de su incremento se tomarán las personas empleadas en el municipio de Madrid, en los términos que disponga la legislación laboral, teniendo en cuenta la jornada contratada en relación con la jornada completa.
  • Cuando una entidad forme parte de un grupo de sociedades en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, los requisitos y términos de la presente bonificación se referirán a cada una de las sociedades individualmente consideradas.
  • La bonificación es de carácter rogado, y deberá solicitarse al Ayuntamiento con anterioridad al primero de febrero del año en que sea de aplicación.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

 En línea (Internet)

Completa y presenta la solicitud a través del enlace “Registro Electrónico” disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consulta la ayuda.

Representación  Observaciones

  • La realización de este trámite en la forma indicada, solo supone la presentación de la solicitud en el Registro del Ayuntamiento de Madrid. El hecho de realizar la solicitud no implica su concesión automática.
  • Si actúa por medio de representante debe adjuntar el  Impreso. Otorgamiento de representación.

Documentación

Documentación

A la solicitud disponible en los apartados Tramitar en línea (Registro electrónico) y Modelos de formularios se adjuntará la siguiente documentación:

  • Informes de vida laboral de los códigos cuenta de cotización con los que cuente la empresa en Madrid, expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los que consten los trabajadores/ras con contrato indefinido, indicándose la jornada contratada.

De cada código cuenta de cotización deberá presentarse un informe por cada uno de los dos períodos impositivos anteriores a aquel en que deba surtir efecto la bonificación.

La bonificación, cuando proceda, se aplicará a todas las actividades que ejerza el sujeto pasivo y tributen por cuota municipal.

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