Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Bonificaciones y exenciones
Información
Descripción
Bonificación por familia numerosa.
Bonificación por la instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar.
Bonificación a viviendas de protección oficial y equiparables.
Bonificación a los mercados municipales.
Bonificación a empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria.
Bonificación a centros públicos de investigación.
Bonificación a cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra.
¿A quién va dirigido?
Podrán realizar cualquiera de estos trámites los/las sujetos pasivos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet)
Con identificación electrónica: realizando la solicitud a través del enlace disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consultar la ayuda.
Se exceptúa de este trámite la bonificación a los mercados municipales, dado que conlleva otro procedimiento.
Presencialmente
En las Oficinas municipales de asistencia en materia de registro y otros registros oficiales.
Documentación
Documentación
La documentación y los requisitos varian según la bonificación o exención concreta que se pretenda realizar.
Para aportar documentación utilice el enlace "Aportación de documentación a expedientes de IBI, TRUA y Plusvalía" disponible en el apartado de Información relacionada
Más Información
Información complementaria
Protección de datos. Tratamiento: Gestión de Tributos.
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ordenanza Fiscal 13/2021, de 29 de diciembre, General de Gestión, Recaudación e Inspección.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de 15 de diciembre de 1989.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid
Con cita previa obligatoria
Cita previa para domiciliaciones, pagos y recibos en Línea Madrid