Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Declaración del coste real de la construcción, instalación u obra
Información
Descripción
Liquidación definitiva del ICIO
Cuando se finalice la construcción, instalación u obra deberá presentar declaración del coste real y efectivo de la obra.
¿A quién va dirigido?
Las personas que soporten los gastos o el coste que comporte la realización de las construcciones, instalaciones u obra tienen la consideración de dueños de éstas. No obstante, deberán poner en conocimiento de la administración quien realiza materialmente las obras (la persona constructora), pues esta es la obligada a presentar las autoliquidaciones correspondientes.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
Por correo postal dirigiendo escrito al efecto al Servicio de Tasas y del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras.
Presencialmente:
- Oficina de Asistencia en materia de Registro (OAMR) del Área de Desarrollo Urbano. Calle Ribera del Sena 21.
- Oficinas de Atención a la Ciudadanía (con cita previa).
La realización de este trámite en cualquiera de las formas indicadas, solo supone la presentación de la solicitud en el Registro del Ayuntamiento de Madrid. El hecho de realizar la solicitud no implica su concesión automática.
Plazo
Un mes a contar desde el día siguiente al de la finaizaciónde las construcciones, instalaciones u obras.
Documentación
Documentación
- Documentación que acredite el coste efectivo de la construcción, instalación u obra.
- Autoliquidación.
Más Información
Información complementaria
- Cuando el coste real y efectivo de las construcciones, instalaciones u obras sea superior al que sirvió de base imponible en la autoliquidación o autoliquidaciones anteriores que hayan sido presentadas y pagadas con carácter provisional, a cuenta de la liquidación definitiva, los sujetos pasivos simultáneamente con dicha declaración deberán presentar y abonar, autoliquidación complementaria del tributo por la diferencia que se ponga de manifiesto, que se practicará en el Impreso de Autoliquidación de ICIO.
- Cuando el coste real y efectivo de las construcciones, instalaciones u obras sea inferior a la mencionada base imponible, a la declaración se acompañará la correspondiente solicitud de devolución del importe ingresado en exceso. Esta solicitud puede realizarse a través una Solicitud de devolución de ingresos o a través de una Instancia general normalizada.
Tratamiento de protección de datos: Gestión de tributos.
Fundamento legal
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
Presencial
Sin cita previa
Oficina de Asistencia en Materia de Registro. Área Gobierno Políticas de Vivienda
Con cita previa obligatoria
Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid
Solo para registrar la solicitud
Correo
Servicio de Tasas y del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras, calle Ribera del Sena 21 - Planta baja, 28042 MADRID