Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Paso de vehículos
Información
Descripción
Este trámite debe efectuarse cuando se realice una construcción, modificación o supresión de paso de vehículos.
Existe la obligación de practicar la autoliquidación provisional del ICIO:
- En el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la concesión de la licencia urbanística. No podrá retirarse la misma sin su presentación e ingreso.
- En el momento de presentar la Declaración Responsable.
Declaración de coste real y efectivo de la obra
Es la obligación de presentar declaración del coste real y efectivo de la obra, acompañado de los documentos que acrediten dicho coste en el plazo de un mes desde la finalización de la construcción, instalación u obra.
¿A quién va dirigido?
A quienes presenten, realicen una construcción, instalación u obra para la que se exige licencia o declaración responsable.
Importe
Tipo de gravamen
- 4% del coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra iniciadas antes del 1 de enero de 2024.
- 3,75% del coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra iniciadas a partir del 1 de enero de 2024.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet)
A través del enlace disponible en el apartado Tramitar en línea.
Presencialmente
Recogiendo el impreso en papel en la Oficina de Asistencia en materia de Registro (OAMR) del Área de Desarrollo Urbano en la calle Ribera del Sena 21, para cumplimentarlo y abonarlo en las entidades bancarias colaboradoras.
Plazo
En el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la concesión de la licencia urbanística.
Pago
Pago
- Directamente por internet en este mismo trámite con tarjeta.
- Presencialmente en las entidades financieras y bancarias autorizadas imprimiendo el formulario.
Este pago tendrá carácter provisional y será a cuenta de la liquidación definitiva que se practique una vez realizadas las actuaciones motivadas por los servicios urbanísticos prestados.
Más Información
Tramitación
Apartado 1: sujeto pasivo contribuyente es el que soporta el coste de la realización de la construcción, instalación u obra.
Apartado 2: sujeto pasivo sustituto cuando la construcción, instalación u obra no sea realizada por el/la contribuyente, la persona o entidad que realice la misma o solicite licencia o presente declaración responsable.
Apartados 3 y 4: cumplimentar los datos correspondientes.
Apartado 5. Datos de la obra:
- Debe indicarse el lugar donde está ubicada la finca en la que se va a realizar la construcción, modificación o supresión del paso de vehículo.
- Se indicará si la obra ha sido o no iniciada.
Apartado 6. Cálculo de la cuota. Debe pulsar en "Calcular importe":
- Es obligatorio introducir el distrito en el que está ubicado el solar, edificio o local consignado en el Apartado 4.
- Una vez que aparezca el identificador, ya puede realizar el pago con tarjeta de crédito o débito pinchando en "Realizar pago", que lleva a la pasarela para efectuarlo.
Información complementaria
Tratamiento de protección de datos: Gestión de tributos.
Fundamento legal
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
Presencial
Sin cita previa
Oficina de Asistencia en Materia de Registro. Coordinación General de Urbanismo
Recoger impreso en papel para cumplimentarlo y abonarlo en las entidades bancarias