Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Exención para tractores, remolques, semirremolques y maquinaria agrícola
Información
Descripción
Solicitud de exención del Impuesto para tractores, remolques, semirremolques y maquinaria agrícola.
¿A quién va dirigido?
A los sujetos titulares de vehículos remolques, semirremolques y maquinaria provistos de Cartilla de Inspección Agrícola o que estén inscritos en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA).
Requisitos
Requisitos
- Que se trate de vehículos clasificados como tractor, remolque, semirremolque o maquinaria agrícola.
- Que estén provistos de Cartilla de Inspección Agrícola o que estén inscritos en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA).
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet): realizando la solicitud a través del enlace “Registro Electrónico” disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consulta la ayuda.
Presencialmente:
- Vehículos sin matricular: Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (con cita previa excepto para mayores de 65 años).
- Vehículos ya matriculados: en las Oficinas municipales de asistencia en materia de registro y otros registros oficiales.
La forma de realizar este trámite en cualquiera de las formas indicadas, no supone la tramitación directa, sólo su presentación en el Registro del Ayuntamiento de Madrid.
Plazos de efecto
- Vehículos sin matricular: la solicitud deberá realizarse en el momento de cumplimentar la autoliquidación del IVTM necesaria para la matriculación. En este supuesto, se aplicará la exención provisional, a expensas de la ulterior comprobación por la Agencia Tributaria Madrid, para el mismo ejercicio en que se solicite. Si se realiza con posterioridad a la presentación de la autoliquidación, se aplicará para el ejercicio siguiente al de la solicitud.
- Vehículos ya matriculados: surtirá efectos a partir del periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite, pudiendo realizarse la solicitud en cualquier momento anterior al 1 de enero en que comience su aplicación.
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado.
- Cartilla de inspección agrícola del vehículo o inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA).
- Matrícula del vehículo para el cual se solicita el beneficio.
Más Información
Tramitación
- Solicitud de la persona interesada con la documentación exigida.
- Comprobación y requerimiento, si procede, de la documentación.
- Propuesta-informe del Servicio del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica / Impuesto de Actividades Económicas, Departamento de Asuntos Generales del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Decreto de la Directora de la Agencia Tributaria Madrid.
- Notificación a la persona interesada.
Recurso
Contra la resolución de la solicitud podrá interponerse:
- Recurso potestativo de reposición, previo a la reclamación económico administrativa, ante la Directora de la Agencia Tributaria Madrid.
- Directamente, reclamación económico administrativa, previa al contencioso administrativo, ante el Tribunal Económico Administrativo Municipal de Madrid.
Información complementaria
Tratamiento de protección de datos: Gestión de tributos.
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ordenanza Fiscal 13/2021, de 29 de diciembre, General de Gestión, Recaudación e Inspección.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, de 15 de diciembre de 1989.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (OAIC)
Sólo mayores de 65 años