Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Nueva matriculación con o sin bonificación
Información
Descripción
El IVTM es un impuesto municipal que se aplica a los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas. Se consideran aptos para circular: los vehículos que hayan sido matriculados en la Dirección General de Tráfico mientras estos no se den de baja, los vehículos con matrícula turística, y los que posean un permiso o autorización temporal de circulación.
Quienes soliciten ante la JPT la matriculación de estos vehículos, deben acreditar previamente el pago del IVTM, salvo que el pago se realice vía internet con tarjeta de crédito o débito o identificación digital.
El Ayuntamiento de Madrid permite realizar el pago de forma telemática para los vehículos que dispongan de la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo electrónica (eITV) sin que haga falta acreditar dicho pago ante la Dirección General de Tráfico ya que la misma se comunica automáticamente.
No podrá realizarse la matriculación electrónica en los supuestos de los vehículos de importación al carecer los mismos de ficha técnica electrónica, así como determinados vehículos entre los que se encuentran, por ejemplo, los tractores o vehículos especiales.
Si desea realizar el pago de la autoliquidación y se encuentra en algunos de los supuestos antes señalados, así como en los casos de rehabilitación de los vehículos, en los que no se puede realizar la matriculación electrónica, podrá descargarse el impreso de autoliquidación en el apartado “Información relacionada-Modelos de formularios” para poder realizar el trámite correspondiente.
¿A quién va dirigido?
A las personas interesadas en darse de alta en el IVTM para realizar la matriculación del vehículo, tanto definitiva como temporal, o la rehabilitación del mismo.
Requisitos
Requisitos
Para realizar el alta en el IVTM debe cumplimentar el formulario de autoliquidación y realizar el pago.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet)
Completa y presenta la solicitud a través del enlace “Tramitar nueva matriculación en línea” disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consulta la ayuda. Existen dos opciones:
- Con matriculación electrónica
- Introduciendo el número de bastidor se recuperan los datos del vehículo excepto el distintivo y puedes pagar en línea. El pago se comunica directamente a la Dirección General de Tráfico y no tiene que ser aportado.
- Sin matriculación electrónica
- No se recuperan los datos con el bastidor y no puede hacer la matriculación electrónica, pero introduciendo los datos del vehículo puedes calcular el importe y pagar en línea.
Presencial
En el enlace "Tramitar nueva matriculación en linea" del apartado Información Relacionada, puedes descargar el formulario de autoliquidación correspondiente para la declaración de alta en el IVTM. Existen dos opciones:
- Con matriculación electrónica
- Introduciendo el número de bastidor se recuperan los datos del vehículo excepto el distintivo, después se descarga el formulario, presenta la autoliquidación en alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas y se procede a su pago. La entidad financiera se quedará con su ejemplar, devolviendo los restantes para que posteriormente los presentes en la Dirección General de Tráfico. En este caso al no comunicarse a la DGT no se puede realizar la matriculación electrónica.
- Sin matriculación electrónica
- No se recuperan los datos con el bastidor y no puedes hacer la matriculación electrónica. Introduciendo los datos del vehículo puedes calcular el importe, pero no pagar en línea. Se descarga el formulario y tienes que acudir a una entidad financiera a realizar el pago.
También lo puedes obtener en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (con cita previa excepto para mayores de 65 años), en la Dirección General de Tráfico, y en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (con cita previa).
Documentación
Documentación
- Impreso de Autoliquidación – Declaración de alta en el IVTM que puede obtener presencialmente en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (con cita previa), en la Dirección General de Tráfico y en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (con cita previa) o desde esta misma página.
- Impreso de rehabilitación de un vehículo dado de baja con anterioridad: debe aportarse este impreso disponible en la Dirección General de Tráfico.
Más Información
Tramitación
Tramitación en línea
- Accede al enlace “Tramitar nueva matriculación en línea” desde el apartado Tramitar en línea.
- Rellena los datos de la persona interesada y el número de bastidor del vehículo.
- Si lo deseaa, puede solicitar en este momento la domiciliación bancaria con efectos para el próximo año y sucesivos.
- En Calcular importe se obtienen los datos de la tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo electrónica (eITV), cumplimentándose automáticamente los datos del vehículo.
- En este momento puedea seleccionar si continuar con tramitación en línea o cambiar a presencial:
- Si continuaa la tramitación en línea al realizar el pago se comunica automáticamente a la Dirección General de Tráfico, sin necesidad de acreditarlo ante dicho organismo. Si no pudieraa tramitarlo en línea debea seguir con la tramitación presencial.
- Si continuaa la tramitación presencial (pago en entidades financieras): imprime y presenta el formulario siguiendo las indicaciones de la tramitación presencial.
Tramitación presencial
- Accede al formulario de solicitud disponible: "Tramitar nueva matriculación en presencial".
- Cumplimenta la marca, modelo y número de bastidor que figuren en la Tarjeta de Inspección Técnica teniendo en cuenta las distintas peculiaridades de los vehículos que se pueden consultar en Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Cálculo de la tarifa.
- Presenta la autoliquidación en alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas y procede a su pago. La entidad financiera se quedará con su ejemplar, devolviendo los restantes para que posteriormente los presentes en la Dirección General de Tráfico.
- Si te encontraras en un supuesto de bonificación por medio ambiente, debes descontar el correspondiente porcentaje de bonificación en la casilla del importe. Toda la información la puedes consultar en el trámite: Bonificación medioambiental. IVTM.
En cualquiera de las formas indicadas, el apartado Representante deberá ser cumplimentado en el caso de que esta declaración-autoliquidación sea presentada por persona distinta del/de la titular del vehículo.
Efectos
Esta declaración-autoliquidación surtirá efectos para la inclusión en el padrón municipal del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica para años sucesivos.
Según lo dispuesto en el artículo 99 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, quienes soliciten ante la Dirección General de Tráfico la matriculación del vehículo deberán acreditar, previamente, el pago del Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Domiciliación
Si deseas domiciliar los pagos para años sucesivos por este vehículo, rellena los datos de las casillas correspondientes. No olvides dar las órdenes oportunas a tu banco, con indicación de la matrícula del vehículo, con el fin de que esta domiciliación tenga validez.
Información complementaria
Tratamiento de protección de datos: Gestión de tributos.
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ordenanza Fiscal 13/2021, de 29 de diciembre, General de Gestión, Recaudación e Inspección.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, de 15 de diciembre de 1989.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de registro municipales que atienden SIN cita previa
Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (OAIC)
Sólo mayores de 65 años