Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Nueva matriculación con o sin bonificación medioambiental
Información
Descripción
El IVTM es un impuesto municipal que se aplica a los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas. Se consideran aptos para circular: los vehículos que hayan sido matriculados en la Jefatura Provincial de Tráfico (JPT) mientras estos no se den de baja, los vehículos con matrícula turística, y los que posean un permiso o autorización temporal de circulación.
Quienes soliciten ante la JPT la matriculación de estos vehículos, deben acreditar previamente el pago del IVTM, salvo que el pago se realice vía internet con tarjeta de crédito o débito o Certificado digital.
El Ayuntamiento de Madrid permite realizar el pago de forma telemática para los vehículos que dispongan de la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo electrónica (eITV) sin que haga falta acreditar dicho pago ante la Jefatura Provincial de Tráfico ya que la misma se comunica automáticamente.
¿A quién va dirigido?
A las personas interesadas en darse de alta en el IVTM para realizar la matriculación del vehículo, tanto definitiva como temporal, o la rehabilitación del mismo.
Requisitos
Requisitos
Para realizar el alta en el IVTM debe cumplimentar el formulario de autoliquidación y realizar el pago.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet) realizando la solicitud a través del enlace “Registro Electrónico” disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consulta la ayuda.
Presencial. El impreso de autoliquidación para la declaración de alta en el IVTM lo puedes obtener en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (con cita previa excepto para mayores de 65 años) y en la Jefatura Provincial de Tráfico y en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (con cita previa).
Presente la autoliquidación en alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas y proceda a su pago. La entidad financiera se quedará con su ejemplar, devolviendo los restantes para que usted posteriormente los presente en la Jefatura Provincial de Tráfico.
Documentación
Documentación
- Impreso de Autoliquidación – Declaración de alta en el IVTM que puede obtener presencialmente en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (con cita previa), en la Jefatura Provincial de Tráfico y en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (con cita previa) o desde esta misma página.
- Impreso de rehabilitación de un vehículo dado de baja con anterioridad: debe aportarse este impreso disponible en la Dirección General de Tráfico.
Más Información
Tramitación
Tramitación en línea
- Acceda al enlace “Registro electrónico” desde el apartado Tramitar en línea
- Rellene los datos de la persona interesada y el número de bastidor del vehículo.
- Si lo desea, puede solicitar en este momento la domiciliación bancaria con efectos para el próximo año y sucesivos.
- En Calcular importe se obtienen los datos de la tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo electrónica (eITV), cumplimentándose automáticamente los datos del vehículo.
- En este momento puede seleccionar si continuar con tramitación en línea o cambiar a presencial:
Si continua la tramitación en línea al realizar el pago se comunica automáticamente a la Jefatura Provincial de Tráfico, sin necesidad de acreditarlo ante dicho organismo. Si no pudiera tramitarlo en línea debe seguir con la tramitación presencial.
Si continua la tramitación presencial (pago en entidades financieras): imprima y presente el formulario siguiendo las indicaciones de la tramitación presencial.
Tramitación presencial
- Acceda al formulario de solicitud disponible en el apartado Modelos de formularios.
- Cumplimente la marca, modelo y número de bastidor que figuren en la Tarjeta de Inspección Técnica teniendo en cuenta las distintas peculiaridades de los vehículos que se pueden consultar en Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Cálculo de la tarifa.
- Presente la autoliquidación en alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas y proceda a su pago. La entidad financiera se quedará con su ejemplar, devolviendo los restantes para que usted posteriormente los presente en la Jefatura Provincial de Tráfico.
- Si se encontrara en un supuesto de bonificación por medio ambiente, debe descontar el correspondiente porcentaje de bonificación en la casilla del importe. Toda la información la puedes consultar en el trámite: Bonificación medioambiental. IVTM.
Efectos
Esta declaración-autoliquidación surtirá efectos para la inclusión en el padrón municipal del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica para años sucesivos.
Según lo dispuesto en el artículo 99 del Real Decreto Legislativo 2/ 2004, de 5 marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales (BOE 09.03.2004), quienes soliciten ante la Jefatura Provincial de Tráfico la matriculación del vehículo deberán acreditar, previamente, el pago del Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Domiciliación
Si desea domiciliar los pagos para años sucesivos por este vehículo, rellene los datos de las casillas correspondientes. No olvide dar las órdenes oportunas a su banco, con indicación de la matrícula del vehículo, con el fin de que esta domiciliación tenga validez.
Información complementaria
Tratamiento de protección de datos: Gestión de tributos.
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ordenanza Fiscal 13/2021, de 29 de diciembre, General de Gestión, Recaudación e Inspección.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, de 15 de diciembre de 1989.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (OAIC)
Sólo mayores de 65 años