Saltar navegación

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Nueva matriculación con o sin bonificación medioambiental

Información

Descripción

El IVTM es un impuesto municipal que se aplica a los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas. Se consideran aptos para circular: los vehículos que hayan sido matriculados en la Jefatura Provincial de Tráfico (JPT) mientras estos no se den de baja, los vehículos con matrícula turística, y los que posean un permiso o autorización temporal de circulación.

Quienes soliciten ante la JPT la matriculación de estos vehículos, deben acreditar previamente el pago del IVTM, salvo que el pago se realice vía internet con tarjeta de crédito o débito o Certificado digital.

El Ayuntamiento de Madrid permite realizar el pago de forma telemática para los vehículos que dispongan de la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo electrónica (eITV) sin que haga falta acreditar dicho pago ante la Jefatura Provincial de Tráfico ya que la misma se comunica automáticamente.

¿A quién va dirigido?

A las personas interesadas en darse de alta en el IVTM para realizar la matriculación del vehículo, tanto definitiva como temporal, o la rehabilitación del mismo.

Requisitos

Requisitos

Para realizar el alta en el IVTM debe cumplimentar el formulario de autoliquidación y realizar el pago.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

  En línea (Internet) realizando la solicitud a través del enlace “Registro Electrónico” disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consultar la ayuda.

  Presencial. Presente la autoliquidación en alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas y proceda a su pago. La entidad financiera se quedará con su ejemplar, devolviendo los restantes para que usted posteriormente los presente en la Jefatura Provincial de Tráfico.

Documentación

Documentación

Más Información

Tramitación

Tramitación en línea

  1. Acceda al enlace “Registro electrónico” desde el apartado Tramitar en línea
  2. Rellene los datos de la persona interesada y el número de bastidor del vehículo.
  3. Si lo desea, puede solicitar en este momento la domiciliación bancaria con efectos para el próximo año y sucesivos.
  4. En Calcular importe se obtienen los datos de la tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo electrónica (eITV), cumplimentándose automáticamente los datos del vehículo.
  5. En este momento puede seleccionar si continuar con tramitación en línea o cambiar a presencial: 

Si continua la tramitación en línea al realizar el pago se comunica automáticamente a la Jefatura Provincial de Tráfico, sin necesidad de acreditarlo ante dicho organismo. Si no pudiera tramitarlo en línea debe seguir con la tramitación presencial.

Si continua la tramitación presencial (pago en entidades financieras): imprima y presente el formulario siguiendo las indicaciones de la tramitación presencial.

 Tramitación presencial

  1. Acceda al formulario de solicitud disponible en el apartado Modelos de formularios.
  2. Cumplimente la marca, modelo y número de bastidor que figuren en la Tarjeta de Inspección Técnica teniendo en cuenta las distintas peculiaridades de los vehículos que se pueden consultar en  Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Cálculo de la tarifa.
  3. Presente la autoliquidación en alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas y proceda a su pago. La entidad financiera se quedará con su ejemplar, devolviendo los restantes para que usted posteriormente los presente en la Jefatura Provincial de Tráfico.
  4. Si se encontrara en un supuesto de bonificación por medio ambiente, debe descontar el correspondiente porcentaje de bonificación en la casilla del importe. Toda la información la puedes consultar en el trámite: Bonificación medioambiental. IVTM.

Efectos

Esta declaración-autoliquidación surtirá efectos para la inclusión en el padrón municipal del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica para años sucesivos.

Según lo dispuesto en el artículo 99 del Real Decreto Legislativo 2/ 2004, de 5 marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales (B.O.E. 09.03.2004), quienes soliciten ante la Jefatura Provincial de Tráfico la matriculación del vehículo deberán acreditar, previamente, el pago del Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

Domiciliación

Si desea domiciliar los pagos para años sucesivos por este vehículo, rellene los datos de las casillas correspondientes. No olvide dar las órdenes oportunas a su banco, con indicación de la matrícula del vehículo, con el fin de que esta domiciliación tenga validez.

Información complementaria

 Protección de datos. Tratamiento: Gestión de Tributos.

Entidad Gestora

Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid

Subir Bajar