Pago de impuestos, tasas, precios públicos y multas de circulación
Información
Descripción
- Pago directo IBI y TRUA con carta de pago.
- Pago directo IBI y TRUA SIN carta de pago.
- Pago de Plusvalía.
- Recibos de tributos periódicos durante los períodos voluntarios de pago.
- Tributos en período voluntario, ejecutivo (recargo 5%) y precios públicos.
- Multas de circulación en período voluntario.
- Tributos y multas de circulación en período ejecutivo.
- Sanciones tributarias o de Actas de Inspección.
- Sanciones administrativas en período voluntario.
- Tasa SER y reintegro de subvenciones.
También puede realizar el pago de los tributos a través del pago fácil con los planes de pago.
Requisitos
Requisitos
Si dispone de un documento de pago en plazo, ya sea recibo, liquidación, abonaré o carta de pago debe figurar en la esquina superior derecha, un código de emisor de los relacionados a continuación para cada uno de los tipos de pago:
- 28997.8 Pago de recibos en período voluntario.
- 28990.5 Pago de tributos en período voluntario y en período ejecutivo con el 5% de recargo, distintivos SER, precios públicos (cursos, talleres...), reintegros de subvenciones, pago de sanciones tributarias o de actas de inspección y otras sanciones administrativas.
- 28992.9 Pago de multas de circulación en período voluntario.
- 28995.4 Pago de deudas en período ejecutivo.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
El pago por Internet podrá realizarse hasta las 20 horas del último día de su período voluntario de pago:
Mediante tarjeta de crédito o débito: Visa, Visa Electrón, MasterCard y Maestro.
Por Banca Electrónica si es cliente/a de este servicio de alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas.
Con Certificado digital a través de las siguientes entidades: Banco Santander S.A., Banco Sabadell S.A. y Caixabank, si dispone de certificado electrónico admitido por el sistema Cl@ve, y además es cliente de alguna entidad colaboradora.
Más Información
Fundamento legal
Ordenanza Fiscal 13/2021 General de Gestión, Recaudación e Inspección. Redacción vigente.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid