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Tasa por Pasos de Vehículos (TPV). Pago en período voluntario

Del 01/04/2023 hasta 31/05/2023 Tramitar en línea

Información

Descripción

Para pagar esta tasa, dado que está fuera de período voluntario, puede acceder desde el siguiente enlace:

El hecho imponible es la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local en su suelo, subsuelo y vuelo con paso de vehículos o carruajes a través de aceras y calzadas.

¿A quién va dirigido?

A las personas obligadas al pago en condición de sustitutos, que conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa, son las personas propietarias de las fincas y locales a que den acceso dichas entradas de vehículos, quienes podrán repercutir, en su caso, las cuotas sobre las respectivas personas beneficiarias.

Plazo

01/04/2023 - 31/05/2023

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

Mediante el recibo enviado por el Ayuntamiento (solicite un duplicado del mismo si no lo recibe):

 En línea (Internet) hasta las 20 horas del último día de su periodo voluntario de pago:

 Por teléfono (hasta las 20 horas del último día del periodo voluntario de pago):

 Presencialmente:

Mediante otro documento de pago (carta de pago, abonaré):

Consulte el apartado Información relacionada.

Pago

Pago

El periodo impositivo coincide con el año natural. El pago dará derecho a la entrega del justificante del pago realizado. Los justificantes del pago en efectivo serán, según los casos:

  • Los recibos.
  • Las cartas de pago suscritas o validadas por órganos competentes o por entidades autorizadas para recibir el pago.
  • Las certificaciones acreditativas del ingreso efectuado.

Información para obtener un justificante de estar al corriente de pago: Justificantes de pago.

Documentación

Documentación

El recibo enviado por correo por el Ayuntamiento no es obligatorio por tratarse de un tributo de carácter periódico. Si necesita disponer del recibo, puede solicitar un duplicado en las fechas que establezca el Ayuntamiento para su período voluntario.

Más Información

Información complementaria

Para pagar este tributo de años anteriores o fuera del plazo, acceda desde el enlace pago fuera de período voluntario.

" Señalización de los Pasos de vehículos

Las personas titulares de los pasos están obligadas a señalizarlos en los términos que dispone la Ordenanza Municipal Reguladora de los Pasos de Vehículos, que, en todo caso, exige la exhibición de la placa que acredita la autorización municipal del vado y su inclusión en la matrícula de la Tasa de Pasos de Vehículos.

Para la obtención de las placas y realización de otros trámites como autorizaciones, inclusión en matrícula, cambios de titularidad, etcétera, deben dirigirse a la correspondiente Junta de Distrito.

Fundamento legal

Entidad Gestora

Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid

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