Tasa por la celebración en sábado de matrimonios civiles
Información
Descripción
Constituye el hecho imponible la prestación del servicio de celebración en sábado de matrimonios civiles por las autoridades municipales competentes, en los lugares designados al efecto por el Ayuntamiento de Madrid.
¿A quién va dirigido?
A las personas físicas contrayentes a quienes se preste el servicio de celebración en sábado de matrimonios civiles.
Importe
La cuota es de 120 euros y su pago se realiza con carácter previo a la celebración del matrimonio, al presentar la solicitud, que no se realizará si no se ha efectuado el pago.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet)
Hasta las 20 horas del último día de su periodo voluntario de pago:
Con tarjeta de crédito o débito. Se aceptan Visa, MasterCard, Maestro y Visa Electrón.
Por banca electrónica, si eres cliente de una entidad financiera y bancaria autorizada.
Mediante cargo en cuenta, a través del Banco Santander, Banco Sabadell, BBVA y CaixaBank, si tienes Cl@ve y eres cliente de alguna entidad colaboradora.
Por Bizum introduciendo tu número de teléfono registrado y autorizando la operación con tu entidad financiera.
Por teléfono (hasta las 20 horas del último día de su período voluntario de pago)
Banca Telefónica si eres cliente de este servicio de alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas.
Presencialmente
En cualquier entidad financiera y bancaria autorizada mediante el documento de ingreso.
Más Información
Información complementaria
Tratamiento de protección de datos: Gestión de tributos.
Fundamento legal
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid