Saltar navegación

Tasa por la celebración en sábado de matrimonios civiles

Información

Descripción

Constituye el hecho imponible la prestación del servicio de celebración en sábado de matrimonios civiles por las autoridades municipales competentes, en los lugares designados al efecto por el Ayuntamiento de Madrid.

¿A quién va dirigido?

A las personas físicas contrayentes a quienes se preste el servicio de celebración en sábado de matrimonios civiles.

Importe

La cuota es de 120 euros y su pago se realiza con carácter previo a la celebración del matrimonio, al presentar la solicitud, que no se realizará si no se ha efectuado el pago.

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

 En línea (Internet)

Hasta las 20 horas del último día de su periodo voluntario de pago:

  •  Con tarjeta de crédito o débito. Se aceptan Visa, MasterCard, Maestro y Visa Electrón.
  •  Por banca electrónica, si eres cliente de una entidad financiera y bancaria autorizada.
  •  Mediante cargo en cuenta, a través del Banco Santander, Banco Sabadell, BBVA y CaixaBank, si tienes Cl@ve y eres cliente de alguna entidad colaboradora.
  • Por Bizum introduciendo tu número de teléfono registrado y autorizando la operación con tu entidad financiera.

 Por teléfono (hasta las 20 horas del último día de su período voluntario de pago)

Banca Telefónica si eres cliente de este servicio de alguna de las entidades financieras y bancarias autorizadas.

 Presencialmente

En cualquier entidad financiera y bancaria autorizada mediante el documento de ingreso.

Más Información

Información complementaria

 Tratamiento de protección de datosGestión de tributos.

Entidad Gestora

Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid

Subir Bajar