Tasa por publicidad en vallas, andamios y similares. Autoliquidación
Información
Descripción
Grava la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local en suelo, subsuelo y vuelo con vallas, andamios y otras ocupaciones de similar naturaleza, sin o con publicidad.
¿A quién va dirigido?
A las personas físicas y jurídicas, las herencias yacentes y comunidades de bienes que disfruten, utilicen o aprovechen el dominio público local en beneficio particular.
Importe
Estará en función de la superficie y del vuelo ocupado, así como de la categoría que corresponda a la vía o tramo de vía donde esten situadas (consulte el Índice fiscal de calles en la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección).
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet): realizando la solicitud a través del enlace “Registro Electrónico” disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consultar la ayuda.
La forma de realizar este trámite en cualquiera de las formas indicadas, no supone la tramitación directa, sólo su presentación en el Registro del Ayuntamiento de Madrid.
Pago
Pago
Podrá realizarse en cualquiera de las entidades financieras y bancarias autorizadas:
- En régimen de liquidación mediante la correspondiente carta de pago que será practicada por la Administración.
- Mediante Impreso de autoliquidación en formulario normalizado disponible en los apartados Tramitar en línea (Registro electrónico) y Modelos de formularios. Sólo se utilizará para ocupaciones de carácter no permanente autorizadas conforme algún procedimiento en los que intervengan las entidades colaboradoras en la gestión de Licencias de Actividades.
Documentación
Documentación
Solicitud en formulario normalizado disponible en los apartados Tramitar en línea (Registro electrónico) y Modelos de formularios.
Más Información
Fundamento legal
- Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, de 30 de noviembre de 1998. Redacción vigente.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid