Tributos municipales. Certificado de estar al corriente de pago (empresas y profesionales)
Información
Descripción
Destinado a empresas o profesionales (tanto personas jurídicas como físicas) para la participación en concursos municipales, que necesiten un certificado de estar al corriente de pago en los tributos municipales.
Si se necesita un certificado de deudas para otra finalidad (por ejemplo subvenciones), se deberá solicitar en el modelo de instancia general.
Cómo realizar el trámite
Cómo realizar el trámite
En línea (Internet): realizando la solicitud a través del enlace “Registro Electrónico” disponible en “Tramitar en línea” (requiere identificación y firma electrónica). Para más información consultar la ayuda.
Presencialmente en las Oficinas municipales de asistencia en materia de registro y otros registros oficiales.
La forma de realizar este trámite en cualquiera de las formas indicadas, no supone la tramitación directa, sólo su presentación en el Registro del Ayuntamiento de Madrid.
Documentación
Documentación
- Solicitud en formulario normalizado, disponible en los apartados Tramitar en línea (Registro electrónico) y Modelos de formularios.
- La persona solicitante deberá acreditar la legitimación si la información requerida se refiere a otra persona.
Plazo
La emisión de certificados de estar al corriente de pago se realizará en el plazo de 20 días. Se expiden por la Subdirección General de Recaudación previa solicitud por escrito, y se envían al domicilio señalado a tal efecto en la solicitud o, en su defecto, al domicilio fiscal del obligado tributario o de su representante.
Más Información
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria. BOE número 302 de 18 de diciembre de 2003.
- Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto Legislativo 1065/2007, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
- Ordenanza Fiscal 13/2021 General de Gestión, Recaudación e Inspección. Redacción vigente.
- Reglamento por el que se regulan las funciones de fe pública en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos. (BOCM de 7 de octubre de 2008) y Acuerdo de 28 de noviembre de 2008 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se determinan los órganos competentes para el ejercicio de las funciones de fe pública.
Entidad Gestora
Subdirección General de Recaudación. Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid
Tramitar
En línea
Presencial
Sin cita previa
Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid
Solo para registrar la solicitud