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Tributos. Justificantes de pago y de datos de objeto tributario

Información

Descripción

" Justificantes de pago

Recibos pagados mediante domiciliación bancaria. El justificante de pago lo envía la entidad financiera al titular de la cuenta donde se realiza el cargo cualquiera que sea la modalidad de pago: pago único, fraccionado, Pago a la Carta (PAC) o  Sistema Especial de Pago (SEP).

Confirmación del pago. Hasta que no transcurren dos meses desde la fecha en que se realizó el pago, las entidades financieras no envían los ficheros con los recibos pagados al Ayuntamiento, respetando el plazo de devolución de dichos cargos que establece la normativa sobre servicios de pagos SEPA.

Emisión de justificante de pago. Hasta que dicha información no llega al Ayuntamiento y posteriormente se confirma el pago, no es posible emitir un justificante del mismo.

Pago fraccionado. De los recibos acogidos a alguna de las formas de domiciliación de pago fraccionado, sólo se podrá obtener el justificante del pago de la deuda total.

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" Justificantes de datos de objeto tributario

Este documento detalla los datos de cálculo de la cuota líquida para el objeto tributario y periodo seleccionado.

Disponible en el Impuesto de Bienes Inmuebles en el que se desglosa, entre otros, el valor catastral suelo, edificación, base liquidable, tipo gravamen y los beneficios fiscales aplicados.

¿A quién va dirigido?

A las personas deudoras o autorizadas por estas.

Requisitos

Requisitos

Los indicados en el apartado Documentación.

 

Cómo realizar el trámite

Cómo realizar el trámite

 En línea (Internet)

Justificantes de pago

  • Con identificación electrónica, accediendo desde el apartado Modelos de formularios al formulario normalizado (disponible para IAE, TPVOCU e IVTM).
  • Para todos los tributos excepto IBI y TRUA, accediendo al servicio Mi Carpeta. Tributos.

Justificantes de pago y de datos de objeto tributario

La identificación electrónica requiere identificación y firma electrónica. Para más información consultar la ayuda.

  Presencialmente

Documentación

Documentación

Solicitud a través de Registro electrónico o presencialmente en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía o en el resto de Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Madrid

  1. Si la persona solicitante no es el/la titular:
    • Autorización del/la titular o de la persona representante si es persona jurídica.
    • DNI de la persona autorizada y de la persona autorizante.
    • Fotocopia del poder notarial o acta de nombramiento de la persona representante.
  2. Si el/la titular hubiera fallecido:
    • Testamento o declaración de herederos/as donde figure la persona solicitante del justificante como heredero/a de la persona fallecida.
    • Si no fuera heredero/a, autorización del/la heredero/a hacia la persona solicitante y DNI de la persona autorizada y de la persona autorizante.

 Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y Tasa de Residuos Urbanos (TRUA)

Si el/la solicitante no es titular del recibo: escritura, fotocopia de la escritura o autorización de la persona titular con copia del DNI.

 Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía)

Incluir los siguientes datos:

  • Fecha en que se efectuó el ingreso.
  • Banco o caja en que se efectuó el ingreso.
  • Fecha de la escritura y notario/a que la otorgó.
  • Situación de la finca transmitida.
  • Datos de la persona solicitante.

 Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

Sólo se otorgarán a titulares del vehículo, a los que presenten autorización de la persona titular, o a aquellas personas que acrediten interés legítimo mediante la aportación de contrato privado o documento que acredite la transmisión.

Justificante para la transferencia del vehículo: si está al corriente de pago, no es necesario que solicite el justificante para presentarlo ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid, ya que ellos comprueban el pago a través de intercambios de información con el Ayuntamiento de Madrid.

Más Información

Tramitación

La entrega del justificante dependerá de la forma en la que se ha solicitado:

  • En línea: En el momento. Entrega del justificante en el momento a través del enlace previamente elegido.
  • Presencialmente. En el momento (con cita previa) 
    • En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía  sólo justificantes de pago del IVTMIBI y TRUA.
    • En las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente:
      1. Justificantes de pago del IVTM,  IBI, TRUA, TPV y OCU.
      2. Justificante de datos de objeto tributario.
  • Registro. Al domicilio. Envío al domicilio la persona solicitante de los justificantes solicitados.

Información complementaria

" Más información

Teléfono 010 – Línea Madrid (914 800 010 dentro y fuera del municipio de Madrid).

"" Protección de datos. Tratamiento: Gestión de tributos.

Entidad Gestora

Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid

Tramitar

Presencial

Sin cita previa

Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid

Solo para registrar la solicitud

Con cita previa obligatoria

Cita previa para IBI/Catastro. OAIC

Sólo justificantes de pago y de datos del objeto tributario

Cita previa para IAE. OAIC

Sólo justificantes de pago y de datos del objeto tributario

Cita previa para IVTM. OAIC

Sólo justificantes de pago y de datos del objeto tributario

Cita previa para TRUA/TPV. OAIC

Sólo justificantes de pago y de datos del objeto tributario

Cita previa para domiciliaciones, pagos y recibos en Línea Madrid

Sólo justificantes de pago de IBI, TRUA, IVTM y de datos del objeto tributario

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